TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 46

    HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
    FALLO Nº46 2022

Miembros actuantes: Dr. H. Matías Marchesini- Presidente, Dr. Mario Raúl Arieta Y Dr. Jorge Aguirre – Vocal-

1) SUSPENDIDOS
PASTORINO KEVIN (COLON) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)
SCHEITLER MAXIMILIANO (PALOMETAS) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)
DIAZ MAURO (AMEFIP) -PRIMERA- 3 PARTIDOS (art. 200 a)
LOMBARDO JUAN (ESTUDIANTES) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art.207)
ROMERO LEONARDO (UNION) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)
QUIROGA FACUNDO (MERCEDES) -PRIMERA- 3 PARTIDOS (art. 200 a1)
TORRES FRANCO (LOS CARTEROS) -PRIMERA- 2 PARTIDOS 201 a)
HILLCOAT JONATHAN (LOS CARTEROS) -PRIMERA- 2 PARTIDOS 201 a)
RIVEROS JORGE (DEFENSORES) -RESERVA- 1 PARTIDO (art. 207)
BESEGA BAUTISTA (MERCEDES) -RESERVA- 1 PARTIDO (art. 207)
MORRONE LUCAS (GOWLAND) -PRIMERA- 2 PARTIDOS (art. 201 B 4)
LARROQUE GUILLERMO (GOWLAND) -PRIMERA- 2 PARTIDOS (art. 201 B 8)
ALMEIRA BRUNO (LA TIJERA) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)
FLORES SERGIO (DT GOWLAND) -PRIMERA- 2 PARTIDOS (arts. 186 y 260)
JURADO ENZO (VELEZ) -RESERVA- 1 PARTIDO (art. 207)
TEXEIRA (VELEZ) -RESERVA- 1 PARTIDO (art. 207)
LIZARDO NICOLAS (TALLERES) -RESERVA- 1 PARTIDO (art. 207)
FARIDO FRANCISCO (TALLERES) -RESERVA- 1 PARTIDO (art. 207)
ROMECCHI AGUSTIN (PABELLON A.) -5TA- 2 PARTIDOS (art. 201 B 3)

2) SUSPENSION POR ACUMULACION TARJETAS AMARILLAS – ART. 208
Publicadas por Secretaría de Liga en página web

3) VISTO:
El informe del árbitro del partido de primera división, entre el club Pistacho y La Diego Armando, donde manifiesta que “expulse al jugador nro. 9 del club de la Diego Armando, Quintana Luis, con tarjeta roja directa por utilizar lenguaje grosero para con mi persona al momento de
la expulsión el señor Quintana me golpea con una patada en el estomago lo que hace que caiga al suelo….luego de la agresión del señor Quintana expulse al Director Técnico del Club La Diego Armando, Piriz Alcides por insultar y amenazar y justificar la agresión del señor Quintana .”.-

Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.

Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciarácon los elementos de juicio que considere suficientes.

Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:
1.- Suspender en forma provisoria a QUINTANA LUIS,jugador de La Diego Armando y dar traslado al mencionado a los fines de su descargo (ARTS. 32 y 33 DEL R.T.P.).

2.- Suspender por el termino de siete (7) partidos a PIRIZ ALCIDES, DT de La Diego Armando ( arts. 32, 33, 45 y 185 RTP).-

4) VISTO
El informe del árbitro del partido de Reserva, entre el club Holanda y Atlético Gral. Rodríguez, donde manifiesta que “cuando transcurrían 15 minutos del primer tiempo di por finalizado el encuentro ya que al sufrir una lesión el jugador nro. 7 Solis Yoel del
club Atlético Gral. Rodríguez, siendo que dicho club habría comenzando el encuentro con 7 jugadores y tal como lo manifiesta el reglamento, se da por suspendido el encuentro..”.-

Art. 106 – PÉRDIDA DE PARTIDO – Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos: e) Cuando un equipo quede en inferioridad numérica (menos de siete jugadores), o cuando por cansancio de sus jugadores abandone el juego en cualquier momento del
partido..-

Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.

Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.

Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:
1. Dar por ganado el partido al Club HOLANDA ante el Club ATLETICO GRAL RODRIGUEZ (División Reserva) quedando el siguiente resultado final: 1 a 0 a favor del Club HOLANDA (ARTS. 32, 33, 106 DEL R.T.P.).

5) VISTO
El informe del árbitro del partido de primera división, entre el club ATENEO y DEFENSORES, donde manifiesta que “cuando transcurrían 29 minutos del segundo tiempo luego de que el balón haya salido hacia el area de meta perteneciente al Club Ateneo ……. Que se encontraba en el suelo perteneciente al club Ateneo manifiesta un golpe … luego me dirijo la línea nro.1 que se encontraba por su ubicación en cercanías del banco de suplentes del club defensores y me manifiesta que, mientras se encontraba desarrollándose el juego en otro sector del campo el jugador nro. 4 Montenegro Rodrigo se posiciona cerca del jugador nro. 11 perteneciente al club ateneo y es ahí donde le propina un golpe en el rostro a este, utilizando la parte frontal de su cabeza (frente)…..me acerco al jugador nro. 4 del club Defensores le exhibo la tarjeta roja directa, por lo informado por el asistente..en ese momento dicho jugador sale inmediatamente exaltado hacia el jugador nro. 11 del club Ateneo.. por esta situación jugadores del club Ateneo, rodean al jugador nro. 11 que el señor Montenegro no logre agredir … a su vez el campo de juego estaba en su invadido por la totalidad de jugadores y cuerpo técnico de ambos equipos dispersados por todo el campo.. consultarle a la jefa encargada del operativo, principal Marisa Tito, sobre esta me brindaba las garantías para que se reanude el juego y la misma manifestó
rotundamente que no…(se resume el informo debido a su extensión).-
Se encuentran agregados el descargo del club Defensores y demás elementos que fueron evaluados en este fallo.-

Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.

Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.

Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:

1.- La prosecución del partido, que se reanudará a los 29 minutos del segundo tiempo, restante en dos tiempos, uno de 8 minutos y otro de 8 minutos hasta completar el tiempo reglamentario restante. .El encuentro se disputara sin público y a puertas cerradas, al que solo ingresaran
las personas debidamente autorizadas por protocolo.-

2.- Suspender por el término de cinco (5) partidos al jugador nro. MONTENEGRO RODRIGO del Club Defensores (Art. 32, 33 y
200 a 1, del R.T.P.).-
3.- Suspender por el término de dos (2) partidos al jugador del Club Defensores LARREA PEDRO(Art. 32, 33 y 201 B) 3, del R.T.P.).-

6) VISTO
Protesta realizada por Club El Timón sobre partido de División Primera Femenino jugado ante Club Trocha y la no presentación de descargo de éste último, este Tribunal emitirá resolución en el próximo fallo

7) Se recuerda que según el Art. 27 del RTP – El jugador que … sea expulsado del campo de juego en partido oficial, quedará automáticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo se le descontará la pena cumplida a raíz de esta suspensión automática.

Dr. Horacio Matías Marchesini, Presidente
Dr. Mario Raúl Arieta
Dr. Jorge Aguirre – Vocal-

AMONESTACIONES

JUGADORES CON CINCO (5) AMARILLAS Y UN PARTIDO DE SUSPENSION POR CUMPLIR
CUBERAS TOBIAS (QUILMES)
ESPINOSA GONZALO (COLON)
LEVA DANTE (TROCHA)
LOSSINO BLAS (ESTUDIANTES)
MORENO PEREZ JHOSNEL (PISTACHO)

JUGADORES CON CUATRO (4) AMARILLASALFONSO AGUSTIN 42835441 VELEZ
ALMEIRA BRUNO IGNACIO -TIJERA
BIGLIA LUCAS -UNION
CABUCCIO ENZO GABRIEL -AMEFIP
CARABAJAL MARCOS -GOWLAND
COLICIGNO RODRIGO -HOLANDA
ELLIOT GRIEVE SANTIAGO -PISTACHO
FERNANDEZ NAHUEL -ATL. MARCOS PAZ
FERNANDEZ FEDERICO -RODRIGUEZ
LUCERO GERMAN -MERCEDES
MALDONADO MIGUEL -VELEZ
MARSO FRANCO -COLON
ORTUBIA LUCAS -VELEZ
RAMOS MARIO EZEQUIEL -AMEFIP
RUIZ DEMIAN MIGUEL -TIMON
SOUBLE JEREMIAS -TIMON
TORRES FRANCO NAHUEL -CARTEROS
UVIZ AGUSTIN -TROCHA
FLAHERTY AGUSTIN -ATENEO
GAUNA JONATAN -EL FRONTON
PORTILLO IVAN -TROCHA
PUGGIONI LUCCA -EL FRONTON
BATTOIA VALENTIN -TROCHA
RICCI MANUEL -PALOMETAS
CORIA LUCIANO EZEQUIEL -CARTEROS
DELVENTO FRANCISCO -ATENEO
DIAZ FACUNDO -DIEGO
DORADO LAUTARO -TROCHA
FLORENTIN LUCIANO -TIJERA
FREITES JONATHAN DAVID -TALLERES
JUAREZ FRANCO -CARTEROS
MEDINA ENZO -ATENEO
PANCERA RODRIGO -TIJERA
RONSONI JONATHAN JAVIER -CARTEROS
CULICINO MANUEL -ATENEO

INFANTO – JUVENIL: RESULTADOS DEL SABADO

Categoría 2012
Vélez 4 – Palometas 1
Trocha 6 –Talleres 0
Los Carteros 2 – Defensores 0

Categoría 2011
Vélez 1 – Palometas 0
Trocha 0 – Talleres 4
Los Carteros – Defensores (Juegan martes 18,30 hs.)

Categoría 2010
Los Carteros 1 – Defensores 0
Trocha 1 – La Tijera 1 (Santino Juárez)

Categoría 2009
Los Carteros 4 – Defensores 0
Mercedes 3 – Pabellón Argentino 0

Categoría 2008
Holanda 4 – La Tijera 2
Mercedes 2 – Pabellón Argentino 1

Categoría 2007
Los Carteros – Defensores 0
Trocha 0 – La Tijera 2
Mercedes 1 – Pabellón Argentino 2

Categoría 5a
Holanda 4 – La Tijera 5
Mercedes 1 – Pabellón Argentino 0

TRIBUNAL DE DISCIPLINA: AMPLIACION FALLO -RECTIFICADO –

    HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
    AMPLIANCION DEL FALLO Nº45 2022

Miembros actuantes: Dr. H. Matías Marchesini- Presidente, Dr. Mario Raúl Arieta Y Dr. Jorge Aguirre – Vocal-

1) SUSPENDIDOS

FLORES BRAIAN (GOWLAND) -PRIMERA- 3 PARTIDOS (art. 200 a 3)
ROMERO NICOLAS (GOWLAND) PRIMERA- 2 PARTIDOS (art. 186)

Dr. H. Matías Marchesini- Presidente
Dr. Mario Raúl Arieta
Dr.. Jorge Aguirre – Vocal-

TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 45

    HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
    FALLO Nº45 2022

Miembros actuantes: Dr. H. Matías Marchesini- Presidente, Dr. Mario Raúl Arieta Y Dr. Jorge Aguirre – Vocal-

1) SUSPENDIDOS
SCORINI TOBIAS (PALOMETAS) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)
ZARATE MARCOS (PALOMETAS) -PRIMERA- 2 PARTIDOS (art. 201 b 8)
ACUÑA JULIETA (DEFENSORES) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)
CRIVELLA GUILLERMINA (AMEFIP) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)
SANTORELLI SEBASTIAN (JUVENTUD DE SUIPACHA) -DIV. 2007- 1 PARTIDO (art. 186)
FRANK BAUTISTA FABIAN (JUVENTUD DE SUIPACHA) -DIV. 2009- 1 PARTIDO (art. 186)

2) SUSPENSION POR ACUMULACION TARJETAS AMARILLAS – ART. 208
BERTERA DAVID (PALOMETAS) 1 PARTIDO

3) VISTO:
La presentación del Club COLON presenta ”.que venimos a solicitar revisión y revocación del fallo publicado el 1 de julio de 2022 .. “los elementos traídos a este tribunal no resultan suficientes para atribuir la responsabilidad al club Colón” y en la parte dispositiva sanciona al club Colón dándole por ganado el partido al Club Timón ”(se resume dicho escrito debido a su extensión).-
Que tal como manifiesta el mencionado escrito se produjo una contradicción entre los considerandos y la parte dispositiva en el fallo referido, dicha situación se produjo un error involuntario en la redacción de los considerandos donde debería decir “Que del análisis de los elementos traídos a este tribunal no resultan suficiente para desligar la responsabilidad al Club Colón de tener previsto con antelación la concurrencia o no del personal policial”.-

Al mismo tiempo el mencionado Club tampoco ha presentado ningún recibo bancario (como corresponde) que permita demostrar en forma explícita y legal el pago a los efectivos policiales. Además dicho club debía con antelación tener conocimiento porque no se encontraba presente el personal policial en el estadio, y no mientras los equipos se encontraban esperando para disputar el
encuentro.-

Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.

Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.

Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:
1) Mantener lo dispuesto en el Fallo 44/2022, con las aclaraciones precedentes (ARTS. 32 y 33 DEL R.T.P.).

4) VISTO:
Trámite de Expte. “Club EL TIMON Su Protesta contra club TROCHA” por inclusión indebida del jugadora Flavia BISFORO del Club Trocha, en el partido de la primera división femenino disputando el 08/09/2019, ya que la mencionada Bisforo tenía dos fecha de suspensión, sanción publicada en fallo 40/2022.-(Debido a la extensión de la presentación se pone a disposición de la parte copia de dicha presentación).
Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:
1) Dar traslado al CLUB TROCHA, de la protesta en curso para su descargo en los términos de la reglamentación vigente (arts. 7, 10 y cc. RTP).-

5) VISTO
La nota presentada por el Club EL FRONTON , con fecha 21 de junio de 2022, y debido a un hecho donde denuncia que luego del partido de reserva entre el mencionado club y el Club El Timón, el padre de un jugador de Timón,
golpea a nuestro jugador Tomás Zwetzig.-
Seguidamente el CLUB EL TIMON produce un descargo donde manifiesta que “en lo publicado en fallo , se puede observar que no hay preciso y claro relato, asi como la apreciación de la anormalidad, el incidente…. No se especifica claramente de que partes o de quienes partió la provocación ..” “dentro del campo de juego o fuera de el mismo antes, durante y después del partido, además de esto que desde el delegado del club local que se encontraba dentro del campo de juego , tampoco pudo observar dicho evento, se desconoce la situación..”(se resume debido a su extensión).

Por ello, el tribunal de disciplina RESUELVE: ARCHIVAR las presentes actuaciones sin más trámite (arts. 32 y 33 del RTP).-

6) VISTO
Las declaraciones públicas vertidas por la jugadora del Club Trocha Fianma Courtade, este tribunal resuelve reiterar: citar a la mencionada Courtade, a declarar ante este tribunal, para el día 11 de julio a las 19,15 horas en la sede de la Liga Mercedina.-

Dr. Horacio Matías Marchesini, Presidente
Dr. Mario Raúl Arieta
Dr. Jorge Aguirre – Vocal-

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