HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
FALLO Nº 17/2018
8/08/2018
Miembros actuantes: Matías Horacio Marchesini- Presidente, Juan Bidone – Vicepresidente y Cristian Gómez – Vocal-
1) SUSPENDIDOS
CHEN SANTIAGO (Ateneo) -Primera- 1 Partido (art. 207)
MALDONADO MIGUEL (Vélez) -Primera- 3 Partidos (arts. 200 A 1 Y 5)
NOY IVAN (Colón) -Primera- 1 Partido (art. 207)
FERNANDEZ JUAN (Unión) -Primera- 1 Partido (art. 207)
BORELLI GASTON (Comunicaciones) -Primera- 2 Partidos (art. 200 A)
BARTOLOMEO JONATHAN (Comunicaciones) -Primera- 1 Partido (art. 207)
TORRES DIEGO (Comunicaciones) -Primera- 1 Partido (arts. 186 Y 270)
CLAVERO RAMON (Péña Xeneize) -Primera- 1 Partido (art. 207)
ROMERO NAHUEL (Pabellón Arg.) -Reserva- 1 Partido (art. 207)
TORRES MARTIN (Comunicaciones) -Reserva- 3 Partidos (art. 200 A 1)
MARIESCURRENA JORGE -Reserva- 1 Partido (art. 207)
RODRIGUEZ BRAIN TOMAS (Quilmes) 1 Partido (art. 207)
BRAGHI JULIAN (Juventud) -9a División- 2 Partidos (art.201 b 8)
MARAN VLADIMIR (El Frontón) -9a División- 2 Partidos (art. 201 b)
LENCINA, Maximiliano (Peña Xeneize) -Primera- 1 Partido (art. 207)
2) SUSPENSION POR ACUMULACION TARJETAS AMARILLAS – ART. 208 RTP y Reg. Gral. Del Torneo
Vaca, Santiago -Holanda-
Aranda, Nicolás -Palometas-
Becerra, Daniel -Peña Xeneize-
Chaparro, Sergio -Peña Xeneize-
3) VISTO:
El informe de los árbitros del partido en la división reserva, disputado entre el Club MERCEDES y el Club PABELLON, disputado el 14/07/2018, donde el jugador GRECK SIMON, fue expulsado con roja directa a los 24 minutos del segundo tiempo, por empujar al arbitro; posteriormente y según el relato del árbitro Cesar Burnel dicho jugador le aplica un golpe de puño en el rostro y se abalanza sobre el árbitro…-
Es jurisprudencia de este Tribunal que los informes elaborados por los árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consigna, y que sólo mediante el aporte de testimonios directos en contrario pueden desacreditarse el mismo.
Esa valoración procede del principio de autoridad sobre el que radica el imperio que tiene la persona del árbitro que a la sazón es la autoridad máxima del partido.
La autoridad del encuentro es el árbitro y se presume la legalidad de sus actos hasta que se demuestre su error, de otra manera no podría sustanciarse ningún proceso administrativo deportivo.
Además del mencionado informe del árbitro, incluido la denuncia realizada por este en sede policial y el certificado médico correspondiente donde consta la lesión; entiende este Tribunal que no sido contrarrestado el valor probatorio de dichas pruebas, por lo que debe considerarse la conducta del jugador GRECK SIMON debe encuadrarse en lo previsto por el art. 183 del R.T.P.
Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1. Suspender por el termino de UN AÑO al jugador GRECK SIMON, de la 5ta. División, del Club MERCEDES (art. 32, 33, 183 del RTP).-
Dr. Matías Marchesini, Presidente
Dr. Juan Ignacio Bidone, Vicepresidente
Dr. Cristian Gómez, Vocal