TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 38
HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
FALLO Nº 38 /2017
Miembros actuantes: Matías Horacio Marchesini- Presidente, Juan Ignacio Bidone, Vicepresidente.-
1°) SUSPENDIDOS
REGUEIRO GABINO –MERCEDES- 1ERA. –2 partidos – art. 185 del RTP
CONTARDI NICOLAS – MERCEDES – 1ERA. – 2 partidos – art. 201 b) 1 del RTP
BARRIENTOS CRISTIAN – MERCEDES – 1ERA. – 1 partido – art. 200 a) 11 del RTP
FERNANDEZ MARCO- TROCHA – 1ERA.- 1 partido – art. 207 del RTP
DI MATEO RODRIGO – TROCHA – 1ERA. – 1 partido – art. 200 a) 11 del RTP
ROJAS LEANDRO – MARCOS PAZ- 3era. – 2 partidos – art. 201 b) 1 del RTP
BELTRAME LEANDRO – UNION – 2 partidos – art. 204 del RTP
BIDONE JUAN BAUTISTA – MERCEDES – 5TA. 1 partido – Art. 207 del RTP
CELAYE LAZARO – COMUNICACIONES – 5TA.- 2 partidos – art. 200 a) 6 del RTP
OCAMPO NICOLAS – COMUNICACIONES – 9° DIV – 2 partidos – art. 185 del RTP
LONGOBUCO AGUSTIN – COMUNICACIONES – 8° Div – 2 partidos – art. 185 del RTP
FLORES JEREMIAS – (QUILMES) – 8° Div.. -1 partido – Art. 207 del RTP
VITETA VALENTINO – (QUILMES)- cat. 2002 – 4 partidos – art. 200 b) del RTP
QUEVEDO FACUNDO (LOS VASCOS)- cat. 2002 – 3 partidos – art. 200 a) 3 del RTP
VELAZQUEZ RAMIRO (LOS VASCOS) – 7 Div..- 2 partidos – Art. 204 del RTP
RAMALLO, GONZALO – (QUILMES) – 7 div. –5 partidos – Art. 184 del RTP
LOZANO GASTON (FRONTON) – 1era. Div.- 1 partido – art. 201 b) 4, 32 y 33 del RTP
CASAS MATEO (FRONTON) – 1 era. Div. – 2 partidos – art. 201 b) 8 del RTP
BOQUIN JORGE (DT. JUVENTUD) – 1era. Div.- 3 partidos – art. 184 y 260 del RTP
PEDRO TOMAS LUCERO (AC A.M.E.F.I.P.) 1era. Div. – 1 partido – 186 y 260 de RTP
CRISTANTE JULIAN (DT de TROCHA) – 1 era. Div.- 1 partido 186 y 260 del RTP
2°)
VISTO:
El informe de los árbitros del encuentro disputado entre el club LOS VASCOS y el club QUILMES, en la categoría 2002, donde es expulsado el jugador Facundo Quevedo (Los Vascos) por tirar patada de atrás al jugador Valentino Vitteta (Quilmes), quien reacciona escupiendo a su adversario y también es expulsado; posteriormente se produce el ingreso del DT de Quilmes Juan Pablo Vitetta, quien intenta agredir al jugador nro. 16 (Quevedo), lo que no se produce debido a que es frenado por el DT. De Los Vascos, también se produjo el ingreso del delegado de Quilmes, y delegados de Los Vascos, también padres de ambos equipos que pasaron el alambrado de la cancha pero no ingresaron al campo de juego; todo esto produjo que los árbitros del encuentro determinaran la suspensión del partido, cuando se jugaban 23 minutos del segundo tiempo, donde iba ganando 4 – 0 el club Quilmes.-
El expulsado DT. De Quilmes, Juan Pablo Vitetta, ha realizado un descargo por escrito que fue recepcionado y analizado por este Tribunal, donde se determino que el mismo no logra desvirtuar las principales acusaciones que sobre el mismo pesan.-
Es jurisprudencia de este Tribunal que los informes elaborados por los
árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consigna, y que sólo
mediante el aporte de testimonios directos en contrario pueden desacreditarse el
mismo.Esa valoración procede del principio de autoridad sobre el que radica el imperio
que tiene la persona que a la sazón es la autoridad máxima del partido.
De otra manera no sería posible juzgar en forma sumaria, segura y acorde a los
principios del deporte, un legajo deportivo.
La autoridad del encuentro es el árbitro y se presume la legalidad de sus actos
hasta que se demuestre su error, de otra manera no podría sustanciarse ningún
proceso administrativo deportivo.
Por ello, el Tribunal de Disciplina, RESUELVE:1) Sancionar al DT de Quilmes, categoría 2002, Juan Pablo Vitetta, con la pena de noventa días de suspensión (arts. 32, 33, 207 inc. h) y i) y 260 del RTP).-
2) . Dar por terminado el partido con el resultado en que se encontraba al momento de su suspensión (ARTS. 32 y 33 DEL R.T.P.).
3) VISTO:
En virtud del informe enviado a este tribunal por la secretaria de la liga Mercedina de futbol, que se adjunta al presente y la cual me remito, donde se determina que el CLUB PALOMETAS, han incluido en la categoría 2005, al jugador Tomas Emanuel GUERRA, quien se encuentra registrado como jugador del CLUB DEFENSORES, por lo que no estaban reglamentariamente habilitados para jugar.-
Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE: Multar al Club PALOMETAS, con una fecha de valor de 48 entradas (valor venta al público) en suspenso – (ART. 32, 33 del RTP).-
Dr. Matías Marchesini, Presidente
Dr. Juan Bidone , vicepresidente