TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 36

    HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
    FALLO Nº 35/2016

En la ciudad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, a los 7 días del mes de diciembre de 2016,siendo las 19:00 hs. se reúne el Honorable Tribunal de Penas de la Liga Mercedina de Fútbol, presidido por el Dr. Matías Marchesini, con la presencia del Dr. Juan Ignacio Bidone, a fin de tratar los siguientes temas:

1.
JUVENTUD VS. COMUNICACIONES (1ª. División)
Silvio AGÜERO (AC) – 3 partidos- art. 185 Y 260 del RTP
Franco TORRES (COMU.) – 5 partidos – art. 45, 48 Y 201 B) 1 del RTP

CLUB QUILMES VS. CLUB MERCEDES
Federico MALANO (QUIL) – 1 partido – art. 207 del RTP

TROCHA VS. CLUB MERCEDES
Julián TRISPANTE (AC TROCHA) 2 partidos – art. 186 y 260 del RTP

EL FRONTON VS. JUVENTUD DE SUIPACHA
Juan VALLI (AC Frontón) – 5 partidos- art. 45, 48, 185 y 260 del RTP
Jorge BOQUIN (DT Juventud) 2 partidos – art. 186 y 260 del RTP
Federico CLARAC (Juventud) – 3 partidos – art. 201 B) 1 del RTP
Laureano MEDINA (Frontón) – 1 partido – art. 207 del RTP
Juan Cruz CALVO (Juventud) 2 partidos – art. 185 Y 197 del RTP

EL FRONTON – TROCHA (1a División)
Leonel CORRADINO (Trocha) – 1 partido – art. 207 del RTP
Hugo Paniagua (Trocha) – 1 partido – art. 207 del RTP

COSTA BRAVA VS. TROCHA (Reserva)
Gerardo RODRIGUEZ (CB) – 1 partido- art. 207 del RTP

COMUNICACIONES VS. CLUB MERCEDES (Reserva)
Matías VALENZUELA (MER) – 2 partidos – art. 185 del RTP
Jonathan PAJON (COMU) – 3 partidos – art. 200 a) 7 del RTP

EL FRONTON VS. ATENEO (Reserva)
Tomas BARGIANO (Frontón) – 1 partido- art. 207 del RTP

TROCHA VS. QUILMES (Reserva)
Cristian FARIAS (Quilmes) – 1 partido – art. 207 del RTP

EL FRONTON – TROCHA (Reserva)
Edgard MARTINEZ (Trocha) – 2 partidos –

2.
VISTO: El informe arbitral del partido de primera división entre el Club EL FRONTON Y CLUB JUVENTUD, al finalizar el encuentro entre los clubes mencionados, donde el Sr. Germán Blanco del Club Juventud arroja una botella al asistente nro. 1 que había formado parte de la terna arbitral que dirijo el mencionado partido y además continua amenazando a los demás integrantes de la terna arbitral.-
Que los incidentes producidos por el señor Cristian Encina, deben encuadrarse en lo previsto en el art. 184 del Reglamento de Transgresiones y Penas, y sancionarse con la pena de 10 partidos de suspensión.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior
RESUELVE
1°) Sancionar al señor GERMAN BLANCO, con la pena de diez partidos de suspensión (ART.32, 33, 184 y 260 del RTP).-
2°) Sancionar con multa al Club Juventud de Suipacha, de 50 entradas por dos fechas (art. 80 del R.T.P.).

PÚBLIQUESE y NOTIFÍQUESE.

VISTO: el informe arbitral luego de finalizado el partido de reserva entre Club Quilmes y Club Estudiantes, jugado el 19/11/2016, donde en la zona de vestuarios se produjo un incidente entre algunos jugadores del club Estudiantes y también un persona llamada Lossino.
Es jurisprudencia de este Tribunal que los informes de los árbitros, constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consigna; y que sólo mediante el aporte de testimonios directos en contrario, puede desacreditarse ese valor.
Art. 205 – Suspensión de dos a veinte partidos, al jugador que incurra en actos de indisciplina contra el público como: a) Ademanes obscenos. b) Insultos, agravios u ofensas. c) Provoque de palabra, amenace, intente agredir o agreda. d) Efectúe gestos o ademanes obscenos o exteriorizaciones incorrectas a la tribuna. e) Salivare deliberadamente. f) Arroje cualquier objeto o proyectil. g) Realice cualquier otro acto que signifique indisciplina o falta de respeto al público.
Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:
Suspender al jugador Agustín Luna por el término de 6 partidos (art. 32, 33 y 205 del RTP).-
Suspender al jugador Gerónimo Luna por el término de 6 partidos (art. 32, 33 y 205 del RTP).-
Suspender al jugador Blas Lossino por el término de 2 partidos (art. 32, 33 del RTP).-
Suspender al jugador Tomas Borrasca por el término de 6 partidos (art. 32, 33 y 205 del RTP).-

Se resuelve aplicar en el presente año, en los torneos a disputarse en las distintas categorías el 50 por ciento las sanciones previstas conforme el Artículo 220 del Reglamento de Transgresiones y Penas, salvo los casos que se consideren a juicio del tribunal que la gravedad de los mismos determinen apartarse de dicha regla.-

Dr. Matías Marchesini, Presidente

Dr. Juan Ignacio Bidone, Vicepresidente