TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 33
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HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
FALLO Nº33/2023
Miembros actuantes: Dr. H. Matías Marchesini- Presidente, Dr. Mario Raúl Arieta Y Dr. Jorge Aguirre – Vocal-
1. SUSPENDIDOS
POTES EZEQUIEL (ATENEO) 1 ERA. 4 PARTIDOS (ART. 200 a) 7 RTP)
NICOLAS (HOLANDA) 1ERA. 2 PARTIDO (ART. 186 RTP)
TITO TOMAS RODRIGO (TALLERES) RESERVA- 2 PARTIDOS (ART. 186 Y 207 DEL RTP)
TITO OSCAR DANIEL (AC TALLERES) RESERVA – 2 PARTIDOS (ART. 186 Y CC DEL RTP)
RUIZ DEMIAN (EL TIMON) RESERVA – 2 PARTIDOS (ART. 186 DEL RTP)
RODRIGUEZ FEDERICO (DT TIMON) RESERVA – 2 PARTIDOS (ART. 186 DEL RTP)
PINEDA HERNAN (AC TIMON) RESERVA – 2 PARTIDOS (ART. 186 RTP)
PAGANO AXEL (PALOMETAS) 5TA. 2 PARTIDOS (ART. 201 RTP)
MIHURA BAUTISTA (ATENEO) – 2 PARTIDOS (ART. 201 RTP)
MARTINEZ KEVIN (ATENEO) – 2 PARTIDOS (ART. 201 RTP)
SOSA ALEX (ESTUDIANTES) – 1 PARTIDO (ART. 207 RTP)
DARIN RAMIRO (UNION) CAT. 2011 – 1 PARTIDO (ART. 207 RTP)
RAMOS OSCAR (DT 2012 ESTUDIANTES) 3 PARTIDOS
CORONEL LEONARDO (ATL. MARCOS PAZ) – SEGUNDA DIVISION- 1 PARTIDO (ART. 207m ) –cumplida-
ESCALANTE TOMAS (ATL. MARCOS PAZ) – SEGUNDA DIVISION- 2 PARTIDOS (ART. 202 b) -1 cumplida-
CABRERA VICENTE (MERCEDES) 5ª 1 PARTIDO
CIOLLARO JESUS (TALLERES) –SEGUNDA- 1 PARTIDO (ART. 207)
2) VISTO:
El informe del árbitro del partido entre el CLUB CARTEROS Y CLUB FLANDRIA, en la 1ERA. DIVISION FEMENINO; que señala “la jugadora 15 de carteros Ramírez Agustina fue expulsada a los 30 minutos del segundo tiempo por golpe de puño de atrás sin disputar la pelota ocasionando al rival un corte en el pómulo a la rival. La rival será llevada al Hospital ..“(Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Seguidamente el club FLANDRIA hace una presentación, donde agrega entre otras cosas, certificado médico de la lesión sufrida por De la Vega Roció y fotos del rostro de la misma.-
Que, a criterio de este Tribunal, los informes arbitrales constituyen semiplena prueba de los que ellos contienen y solo pueden ser desacreditados mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo
con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1) Suspender por el termino de 10 partidos a RAMIREZ AGUSTINA, jugadora del Club Carteros (art. 32, 33 y 199 del RTP)
3) PROTESTA:
Que el CLUB JUVENTUD DE SUIPACHA, realiza una protesta de partido con el club La Tijera en la categoría 2008, del partido jugado el 7/10/2023; sobre la inclusión de de varios jugadores por parte del CLUB LA TIJERA, disputado entre ambos
clubes.
Se agrega el descargo del CLUB LA TIJERA sobre la protesta del Club Juventud. (El que será analizado conjuntamente con los demás elementos)
Se agrega informe de Secretaría de Liga
Debido a cuestiones administrativas, el Tribunal, RESUELVE:
1) Solicitar al Club La Tijera copia de DNI del jugador Martínez Valentín a los fines de cotejar identidad con respecto a las fotografías de partido elevadas por el club solicitante (art. 32 y 33 del RTP).-
4) VISTO
El informe del árbitro del partido Ateneo vs. Estudiantes, en la 5ta. División, donde manifiesta que “una vez finalizado el encuentro el Sr. Cirillo Federico, va corriendo así la parcialidad local donde se encontraba el Sr. Tosoroni donde lo escupe y insulta a viva voz (la …) interviene, el Sr. Nro. 2 Adorno Franco, contra la integridad física del Sr. Tosoroni que le propina un golpe de puño al Sr. Adorno, teniendo que ser asistido, por una doctora que se encontraba en el lugar de los incidentes, producto del golpe tiene una herida cortante en la ceja izquierda, identificamos al SR. 6 Zammito Santiago, incitando a la violencia contra el Sr. Tosoroni, que no paraba desafiar .. Identificamos al sr. Tosoroni Leandro incitando a la violencia, lanzando golpe de puño contra jugadores del club Estudiantes impactando contra el alambrado”.-
Que, a criterio de este Tribunal, los informes arbitrales constituyen semiplena prueba de los que ellos contienen y solo pueden ser desacreditados mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes
Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1) Suspender en forma provisional a Fabio Tosoroni (simpatizante del Club Ateneo) para asistir a espectáculos públicos organizados por esta liga (Art. 32 y 33 del RTP).-
2) Suspender en forma provisional a Tosoroni Leandro, haciendo lugar su pedido de descargo, el cual se realizará la semana próxima.
3) Suspender en forma provisional al jugador, Federico Cirillo, del club Estudiantes
4) Suspender en forma provisional al jugador, Santiago Zammitto, del Club Estudiantes
5) VISTO:
El informe del árbitro del partido entre el ATENEO Y DEFENSORES, en la DIVISION 2009; que señala “ El partido por dicha acción fue suspendido a los 22 minutos del 2do. tiempo“
Seguidamente se le recibe ampliación de informe al árbitro del partido Daniel Barros.-
Asimismo se recibe nota del CLUB ATENEO
Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1) Dar por ganado el partido al CLUB ATENEO, quedando el siguiente resultado: club Ateneo 2, club Defensores 0 (art. 32, 33,107 y cc del RTP).-
6) VISTO
Informe arbitral del partido Categoría 2013 del partido entre los clubes ATENEO – ESTUDIANTES, donde se menciona la expulsión del Director Técnico del club Ateneo, no aclarada su firma en planilla de Partido se RESUELVE
1) Suspender en forma provisoria al DT de la Categoría 2013 de Ateneo
2) Solicitar al Club Ateneo identifique a dicho entrenador
Dr. H. Matías Marchesini- Presidente
Dr. Mario Raúl Arieta Y Dr. Jorge Aguirre – Vocal-