El Consejo Federal organiza torneos nacionales para categorías 92 y 90
Ya está abierta la inscripción y pueden participar equipos de todas las Ligas del país. En el último boletín del Consejo Federal se dieron precisiones sobre el mismo,
Aquí brindamos la iknformación dada a conocer por dicho organismo, dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino. La foto ilustra la final del Sub 15 jugada el año pasado entre Mar del Plata y Río Cuarto, donde ambos fueron consagrados campeones a raíz de una intensa lluvia que se abatió sobre el campo de juego cuando se jugaban 16 minutos de partido
COMISION DE FUTBOL INFANTO JUVENIL – INFORME
INFORME N° 22
En la fecha 21 de Marzo de 2.007; siendo las 16 se reúnen los integrantes de la
Comisión de Fútbol Infanto Juvenil del Consejo Federal Sres. Alfredo F. Iturri (Jurisdicción Sur Capitalinas), Abel Martinez Garbino (Asambleista), Eduardo Alcobe (Jurisdicción Bonaerense), Gustavo López (Jurisdicción Mesopotámica Capitalinas), con la presencia del Sr. Vicepresidente Don Gustavo Ceresa, Ing. Alfredo O. Derito, el Asesor Alberto Sarfson, los Representantes de las Federaciones, la Comisión propone la organización de los Torneos Nacionales de Ligas Clase 1992 y 1990
a) Participarán las Ligas, a través de sus respectivas selecciones. Quedan excluidas las Uniones Regionales.
b) A los fines de su participación las Ligas deberán hacer llegar su postulación en tal sentido hasta el 31 de Mayo de presente año. Cada Liga deberá informar ciudades y estadios a utilizar. Los mismos deberán contar con las condiciones y habilitaciones correspondientes.
c) La organización y fiscalización estará a cargo del Consejo Federal.
d) Cada certamen se disputará de modo similar en dos (2) etapas: Primera Etapa Clasificatoria: El Consejo Federal Delegará en las Federaciones que así lo deseen y lo manifiesten por escrito hasta el 15 de Junio del corriente año, el diagrama y desarrollo de la etapa clasificatoria de su Jurisdicción.
Segunda Etapa Final:
e) Clasificarán a la segunda etapa final once (11) Seleccionados de las Ligas representantes de las siguientes jurisdicciones deportivas, a saber: Buenos Aires (Región 1) Centro (Córdoba y San Luis – Región 2); Norte (Salta, Jujuy, Tucumán y Santiago del Estero – Región 3); Sur (La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Neuquén – Región 4); Cuyo (San Juan, Catamarca, Mendoza y La Rioja – Región 5) Litoral y Mesopotámica (Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes – Región 6); Entre Ríos (Región 7) y Santa Fe (Región 8).- Ninguna de las regiones precedentes podrá tener menos de doce (12) ligas participantes. De no reunir este requisito, el Consejo Federal podrá modificar las regiones adecuándolas a la citada exigencia.
f) Establecida la cantidad de Ligas participantes en cada una de las Regiones citadas, el Consejo Federal asignará las plazas correspondientes a cada región, en función a la cantidad de inscriptos con que cuenten las mismas.
g) A las once Ligas clasificadas se sumará el equipo representativo de la Liga que organice la Etapa Final. En caso que ésta se adjudique la etapa clasificatoria será reemplazado por la Liga que perdió con aquella la región. La forma de disputa de la Segunda Etapa Final se diagramará oportunamente.
h) Las Ligas deberán confeccionar una Lista de Buena Fe con hasta un máximo de treinta y cinco (35) jugadores, y no podrán tener más de seis (6) jugadores federados de una misma Institución. Estas, deberán ser presentadas ante la Federación respectiva y/o Consejo Federal si correspondiere, con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la iniciación del Torneo en su etapa clasificatoria en su respectiva Región. Si las Listas de Buena Fe fuesen recepcionadas por las Federaciones esta deberá enviarla al Consejo Federal dentro del término de cinco (5) días de iniciada la etapa clasificatoria en cada Región.
i) Para la segunda Etapa Final deberán confeccionar la Lista de Buena Fe con hasta un máximo de veintitrés (22) jugadores, integrantes de la Lista de Buena Fe “inicial”, y cuatro (4) miembros de personal técnico, un medico (1) (optativo), un (1) Representante de la Liga, un (1) Representante de la Federación y un (1) árbitro. En total treinta (30) personas.
Para esta etapa se podrán incorporar dentro de los veintidós, hasta tres (3) refuerzos a la
lista de buena fe provenientes de otras Ligas de la misma región deportiva a la que pertenece y que hubieran integrado la lista de buena fe originaria de alguna de las Ligas
participantes.
j) La fecha de inicio de la Primera Etapa Clasificatoria se determinará en tiempo oportuno debiendo finalizar el 12 de Noviembre del corriente y la Segunda Etapa Final se desarrollará entre el 10 y el 21de Diciembre.
k) Todas las Ligas participantes de los certámenes podrán hacer llegar su postulación para ser sede de la Segunda Etapa Final no más allá del 30/06/2007, debiendo tener presente, al momento de hacerlo, reunir las condiciones que fijará el pliego respectivo, que se confeccionará oportunamente.-
Boletín Oficial Nº 525 (Sesión del 30 de Marzo de 2.007)
l) Duración de los encuentros: Los encuentros correspondientes a la Etapa Clasificatoria se disputarán en dos tiempos de cuarenta y cinco (45) minutos cada uno, con un entretiempo de quince (15) minutos; y, los correspondientes a la Etapa Final se disputarán en dos tiempos de treinta y cinco (35) minutos cada uno con un entretiempo de quince (15) minutos.
m) Cantidad de Jugadores: firmarán la planilla de juego hasta un máximo de dieciseis (16) jugadores, pudiendo realizar hasta cinco (5) cambios.
n) Aquellas Ligas que habiéndose postulado para participar y, una vez confeccionado el fixture correspondiente, no se presenten a disputar los partidos programados, serán pasibles de las sanciones que establece el Reglamento General y/o del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal.
o) Cada Liga deberá adjuntar un certificado de aptitud física de cada jugador emitido por Organismo de Salud Municipal, Provincial o Nacional.