FALLOS DEL TRIBUNAL DE PENAS

TRIBUNAL DE PENAS DE LA LIGA MERCEDINA DE FÚTBOL
En la ciudad de Mercedes, provincia de Buenos Aires, a los 22 de mayo de 2008, se reune el Honorable Tribunal de Penas de la Liga Mercedina de Futbol, presidido por el Sr. Raul Inda y con la presencia de los Dres. Pedro Zoni y Juan Cruz Lopez Lima con el objeto de
Tratar las novedades informadas, conformándose el fallo 8/08

JUGADORES QUE HAN ACUMULADO CINCO AMONESTACIONES
No hay

JUGADORES EXPULSADOS
1 IMPONER al jugador Copia Nahuel, de la 1º división del Club Pabellón Argentino 2 (dos) fechas de suspensión (art.209,186 del RTP).
2 IMPONER al jugador Lucero Miguel, de la 1º división del Club San Jose 6 (seis) fechas de suspensión (art.207,186, 185 del RTP).
3 IMPONER al jugador Boragno Pablo, de la 1º división del Club San Jose 3 (tres) fechas de suspensión, declarado reincidente (art..200 y 45 del RTP).

Registrese, Notifíquese.
INDA RAUL (PRESIDENTE) ZONI PEDRO (VICEPRESIDENTE) JUAN CRUZ LOPEZ LIMA (VOCAL)

TRIBUNAL DE PENAS DE LA LIGA MERCEDINA DE FUTBOL
Mercedes, 23 de mayo de 2008.-
Resolucion nro. 3
VISTO: La solicitud de aplicación del art. 223 del RTP respecto del jugador Enzo Carmona, ambos de la 7° división del Club Mercedes.
CONSIDERANDO:
El criterio sostenido por el tribunal, en cuanto a la forma de cumplimiento de las sanciones aplicadas por el mismo y reglamentariamente establecidas en los arts. 221 y ss. Del RTP.
Teniendo en cuenta el criterio reglamentario aplicado, aprobado por el Tribunal de Penas del Consejo Federal de la Asociación de Futbol Argentino, los jugadores indicados del Club Mercedes han cumplido la suspensión impuesta pendiente de cumplimiento, quedando agotada con la disputa de la fecha 1° del Torneo de Primera División.
Que resulta justo en atención a lo indicado, extender la habilitación, en caso de corresponder y haber cumplido las sanciones con partidos que disputare las Primeras divisiones de cada uno de los clubes de aquellos jugadores en similares condiciones y/o la inmediata superior de aquellos que no la poseyeran..

Por ello RESUELVO:

I) HABILITAR al jugador Enzo Carmona de la 7° división del Club Mercedes por aplicación del art. 223 del RTP, dándole por cumplida la sancion impuesta. Notifíquese por intermedio de la Liga Mercedina de Fútbol.-

II) EXTENDER lo resuelto y HABILITAR aquellos jugadores, que en similar condición del jugador Carmona, hayan cumplido la sanción impuesta al contabilizarse los partidos disputado por la Primera División de cada uno de los clubes y/o la superior inmediata de aquellos que no la posean como es el Club Unión. Al efecto del presente punto, autorizar a la Liuga Mercedina de Futbol, a que extienda en aquellos casos que se adecuen, la anotación marginal de la correspondiente habilitación.-

RAUL INDA (Presidente)

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