TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 21
HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
FALLO Nº21/2023
Miembros actuantes: Dr. H. Matías Marchesini- Presidente, Dr.
Mario Raúl Arieta Y Dr. Jorge Aguirre – Vocal-
1.SUSPENDIDOS
CHIMINO BRAHIAN (HOLANDA) PRIMERA – 1 PARTIDO (ART. 207)
RAMIREZ NAHUEL (ATLE. GRAL. RODRIGUEZ) – PRIMERA 2 PARTIDOS (ART. 201)
VAZQUEZ AGUSTIN (ATLE. GRAL. RODRIGUEZ) – PRIMERA- 2 PARTIDOS (ART. 201 b) 4)
FLORES ADRIAN (GOWLAND) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)
RONDON CIRO (FROTON) – RESERVA – 2 PARTIDOS (ART. 203)
AREVALOS DENIS (JUVENTUD)- RESERVA – 2 PARTIDOS (ART. 203)
SALVA HERNAN (JUVENTUD) RESERVA – 2 PARTIDOS (ART. 186)
GONZALEZ VLADIMIR (JUVENTUD) RESERVA – 1 PARTIDO (ART. 207)
LACROIS EZEQUIEL (PABELLON) RESERVA – 2 PARTIDOS (ART. 201 b4)
TORREZ BRUNO RESERVA- 3 PARTIDOS (art. 200 a) 3)
MIHURA BAUTISTA () 7TA. DIV. 2009 – 1 PARTIDO (art. 207)
ROBLEDO IGNACIO (TROCHA) 9NA DIV. 1 PARTIDO (ART. 207)
PICOLET ALEJO CATEGORIA 2011.- 2 PARTIDOS (ART. 200 b) 8)
FERNANDEZ LUCAS (DT TALLERES) CAT. 2012- 2 PARTIDOS (ART. 32 Y 33 RTP)
CAPURRO TIAGO (DT ESTUDIANTES) 3 PARTIDOS (ART. 186 Y 260)
MUNARI MATEO (ESTUDIANTES) – 1 PARTIDO (ART. 207)
FUTBOL FEMENINO
PONTIROLI MELINA (PALOMETAS) 2 PARTIDOS (ART. 201 b) 8)
2) VISTO
El informe del árbitro del partido entre el CLUB QUILMES y CLUB ATENEO, que señala “que cuando los equipos de
loa 5ta. Se preparaban para disputarle el encuentro, ingreso al terrero de juego un individuo identificado con el club Quilmes desde la tribuna, agrediendo físico y verbalmente al jugador nro. 11 correspondiente al club Quilmes (5ta. División) donde el profesor de la categoría anterior, señor Basualdo Fernando .. reacciona hacia el mismo con golpe de puño a mano cerrada… acto seguido a este individuo se le informa que debe abandonar el estadio, … invoca al jugador nro. 11 antes mencionado de forma agresiva invitándolo a pelear el cual reacciona con insultos.. el DT de la categoría a disputar (5ta. División).., reacciona abalanzándose sobre el individuo propinándole una golpiza con puños, sumándose el jugador nro. 11 .. a la golpiza con patadas..”(Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Se agrega al presente el video existente sobre los hechos que se investigan.-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de
la Liga, de Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1) suspender en forma provisoria a Fernando Basualdo (DT 5TA. División) y dar traslado del presente informa para
su descargo.-
2) Dar traslado al CLUB QUILMES para que informe en el termino de 48 horas, los datos sobres las personas (jugadores, DT y padre o simpatizante) mencionadas en el informe precedente y el video existente sobre el hecho que se investiga (ART. 32 y 33 del RTP).-
3) Con respecto al pedido de reconsideración presentada sobre la sanción del jugador Espil, obrante en el fallo 20/2023, cabe indicar que dicho escrito se encuentra fotocopiada y agregada la firma del Presidente del Club Mercedes.
Por todo esto, se resuelve: RECHAZAR IN LIMINE el escrito presentado (art. 32 y
33 del R.T.P.).-
4) Hacer saber a los clubes que cualquier presentación después del día martes a las 15
horas, será tratada en la siguiente reunión de este tribunal.-
5) La confección de planillas, se hace saber que para cada partido se debe confeccionar una
única planilla, quedando facultado este Tribunal para accionar con las sanciones correspondientes en el caso de observarse errores. Asimismo se requiere que al momento de realizar las planillas no existan tachaduras de ningún tipo, a la vez que deben realizarse con letra clara y entendible.
6) Se recuerda que según el Art. 27 del RTP – El jugador que … sea expulsado del campo de
juego en partido oficial, quedará automáticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se
expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo se le descontará la pena cumplida a raíz de
esta suspensión automática.
Dr. Matías Marchesini- Presidente
Dr. Mario Raúl Arieta
Dr. Jorge Aguirre – Vocal-