TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 14

ONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
FALLO Nº 14/2016

En la ciudad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, a los 22 días del mes de junio de 2016, siendo las 19:00 hs. se reúne el Honorable Tribunal de Penas de la Liga Mercedina de Fútbol, presidido por el Dr. Matías Marchesini, con la presencia del Dr. Juan Ignacio Bidone, a fin de tratar los siguientes temas:

1) QUILMES – JUVENTUD (Reserva)
LECOUNA, Nahuel (Quilmes) – 2 partidos – art. 200 a) 11 del RTP
LOZA, Nicolás (Quilmes) – 2 partidos – art. 200 a) 11 del RTP
UVIZ, Agustín (Quilmes) – 3 partidos – art. 200 a) 11 del RTP
ETCHEVERRY, Martín (Quilmes) -2 partidos – art. 200 a) 11 del RTP
MASSIA, Juan (Juventud) -1 partido de suspensión- art. 207 del RTP
CARRETTO, Hernán (Juventud) -1 partido de suspensión- art. 207 del RTP

DEFENSORES – MERCEDES (7ª División)
ESTEVEZ, Gabriela (Delegada Defensores) -15 días de suspensión- art. 185 y 260 del RTP
QUINTANA, Lautaro (Mercedes) – 3 partidos – art. 200 a) 11 del RTP
MIRANDA, Lucas (Defensores) – 2 partidos – art. 202 b) del RTP
BATTOIA, Mateo (Mercedes) – 2 partidos – art. 185 del RTP

Visto: el informe arbitral sobre el ingreso al campo de juego de la simpatizante del club Mercedes luego de la finalización del encuentro mencionado, resuelvo: Multar al Club Mercedes, con una fecha de valor de 25 entradas (valor venta al público) – ART. 80 e) del RTP.-

COMUNICACIONES – EL FRONTON (1ª División)
VALLI, Juan (PF de El Frontón) – 30 días de suspensión- art. 184 y 260 del RTP
STOPIELLO, Germán (DT El Frontón) – 15 días de suspensión- art. 185 y 260 del RTP

ESTUDIANTES – TROCHA
Schenone, Fabián (DT Trocha) 7 días de suspensión- art. 186 y 260 del RTP

DEFENSORES – MERCEDES (5ª División)
RUSSI, Maximiliano (Defensores) -1 partido de suspensión- art. 207 del RTP
CHAPARRO, Luis (DT Defensores) – 15 días de suspensión- art. 185 y 260 del RTP

MERCEDES “A” – UNION (10ª División)
ACEVEDO, Mario Cesar (Unión) – 2 partidos – art. 200 a) 11 del RTP
RAMALLO, Lucas (Mercedes “A”) – 2 partidos – art. 200 a) 11 del RTP

ESTUDIANTES – COMUNICACIONES (6ª División)
RODRIGUEZ TOLOSA, Kevin (Comunicaciones)- 2 partidos – art. 185 del RTP
BARRIOS, Matías (Comunicaciones)- 2 partidos – art. 185 del RTP
IVACHICH, Alex (Comunicaciones) 2 partidos – art. 200 a) 11 del RTP

ESTUDIANTES – COMUNICACIONES (7ª División)
CORIA, Luciano (Comunicaciones) – 2 partidos – art. 185 del RTP

ESTUDIANTES – COMUNICACIONES
PAJON, Alejandro (Comunicaciones) – 2 partidos – art. 185 del RTP

ATENEO – PABELLON ARGENTINO (5TA.División)
TOMAS BASUALDO (ATENEO)- 3 partidos- art. 203 del RTP
GASTON BIANCHI (PABELLON) – 3 partidos- art. 203 del RTP
Visto: y En virtud de la invasión de campo protagonizada por ambas parcialidades en el partido que se menciona precedentemente, y analizando los hechos por este Tribunal RESUELVE: 1°) Hacer saber al Club Pabellón Argentino que deberá extremas las medidas para evitar el ingreso de público a la cancha de categoría juvenil.-
2°) Multar al Club Pabellón Argentino, con una fecha de valor de 30 entradas (valor venta al público) – ART. 83 a) del RTP.-

ATENEO – PABELLON ARGENTINO (Reserva)
DONO, Matías (Ateneo) -1 partido de suspensión- art. 207 del RTP
PASCUAL, Lendro (Pabellón Argentino) -1 partido de suspensión- art. 207 del RTP

COMUNICACIONES – EL FRONTON
TORRES, Juan Cruz (Comunicaciones) -1 partido de suspensión- art. 207 del RTP
LANZONE, Nicolás (El Frontón) -1 partido de suspensión- art. 207 del RTP
TROCHA – SAN MARCOS (Reserva)
ROJAS, Leandro (San Marcos) – 1 partido de suspensión- art. 207 del RTP

MERCEDES – ATENEO
JUANICOTENA, Agustín (Mercedes) 3 partidos – art. 185 y 207 del RTP

PALOMETA – COMUNICACIONES (PRIMERA)
NICOLAS RODRIGUEZ (PALOMETAS) – 2 partidos – art. 200 a) 2 del RTP
JULIO TORRES (D.T. COMUNICACIONES) 21 días de suspensión- art. 186 y 260 del RTP

TROCHA VS. SAN MARCOS
GRAIEB, JAVIER (TROCHA)- 1 partido – art. 207 del RTP
PEREYRA, CRISTIAN (SAN Marcos) – 1 partido – art. 207 del RTP

2) Visto: En virtud las distintas investigaciones realizadas por este Tribunal con respecto al planteo hecho al titular del Club Defensores, con respecto a la irregular inscripción de dos jugadores de esa Institución, durante el año 2015, advertidas en el corriente año ante la correcta inscripción de los mismos, los hechos demuestran fueron cometidos ya pasado un año calendario; por lo que tiene dicho el art. 69 del RTP:” PRESCRIPCION DE LA ACCION- La acción que puede ejercitarse para aplicar las penas previstas en este reglamento se prescribe al año de cometida la infracción respectiva..”.Por ello el Tribunal RESUELVE: No sancionar las faltas advertidas en virtud de lo normado en el artículo 69 del RTP, sin perjuicio de expresar el asombro al advertir las adulteraciones cometidas, encomendando a la Liga adopte los recaudos necesarios que a su juicio entiendan, a fin de evitar nuevos sucesos como los investigados. Asimismo llamar a todas las instituciones que participan en los torneos, que el registro de jugadores realizado correctamente y fidedignamente contribuye al normal desarrollo de los mismos.-

3) VISTO: en virtud de haber tomado conocimiento por parte de este Tribunal de la posible expulsión de un jugador del Club Estudiantes de la categoría 2004, en el partido disputado entre este equipo y el Club Comunicaciones, situación que no fue informada por el árbitro del encuentro, por lo que tiene dicho el Art. 5 “- ACTUACION DE OFICIO – El Tribunal de Disciplina, puede iniciar de oficio o en base a noticias o informaciones de cualquier medio de difusión, toda investigación e información sumaria, tendientes a reprimir infracción al Reglamento, mediante resolución fundada que se dictará al respecto, pero tal iniciación será obligatoria cuando se trate de hechos de gravedad o por denuncia fundada efectuada por la autoridad de aplicación” del RTP; atento lo cual Tribunal Resuelve abrir una investigación sobre el suceso, por lo que se cita a declarar a los D.T. del Club Estudiantes y Comunicaciones de la Categoría 2004, para el martes 28 del corriente mes y año, a las 19 horas el primero mencionado y a las 19,30 horas el segundo mencionado.-

Asimismo se agrega que a última hora del viernes se resolverá situación del jugador Lucero (Categoría 2004 de Estudiantes) y se informa a Club Quilmes (atento a su consulta) que tiene plazo para presentación de protesta hasta día sábado 26 de junio, haciendo lugar a los cinco días posterior al partido en cuestión.

Dr. Matías Marchesini, Presidente
Dr. Juan Ignacio Bidone, Vicepresidente