Tercera fecha del Infanto Juvenil – sábado 24
Ateneo – Palometas Leer más
Mercedes, Buenos Aires, Argentina. ligamercedinadefutbol@hotmail.com ————— 02324-429062
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Miembros actuantes: Dr. H. Matías Marchesini- Presidente,
Dr. Mario Raúl Arieta Y Dr. Jorge Aguirre – Vocal-
1.SUSPENDIDOS
PRIMERA
GROSSO FEDERICO (EL FRONTON) PRIMERA – 2 PARTIDOS (ART. 204 del RTP))
TOLEDO TOBIAS (JORGE NEWBERY) – PRIMERA – 2 PARTIDOS (ART. 204 RTP)
BARRIENTOS GABRIEL (EL FRONTON) – PRIMERA – 1 PARTIDO (ART. 204 DEL RTP)
TAMPARO EZEQUIEL (EL FRONTON) – PRIMERA – 1 PARTIDO (ART. 207 RTP)
EMATEGUI FELIPE (ESTUDIANTES) PRIMERA – 2 PARTIDOS (ART. 204 DEL RTP)
GIACOY PABLO (ESTUDIANTES) – PRIMERA – 1 PARTIDOS (ART. 207 RTP)
LOPEZ THIAGO (TROCHA) – PRIMERA – 1 PARTIDOS (ART. 186 RTP)
CASTRO ALAN (PALOMETAS)- PRIMERA – 3 PARTIDOS (ART. 200 a8 DEL RTP)
ZABALA FRANCO (LA TIJERA)-PRIMERA – 3 PARTIDOS (ART. 200 a3 DEL RTP)
ULLUA CRISTIAN (LA TIJERA) –PRIMERA- 3 PARTIDOS (ART. 201 a DEL RTP)
PICCONE GONZALO (LOS CARTEROS) –PRIMERA- 1 PARTIDO (ART. 204 DEL RTP)
MARTINEZ LAUTARO (UNION) –PRIMERA- 1 PARTIDO (ART. 207 DEL RTP)
RESERVA
BOCCA SERAFIN (ATENEO) – RESERVA – 3 PARTIDOS (ART. 200 A) 3 DEL RTP)
BALSATEGUI AGUSTIN (AMEFIP) – RESERVA – 3 PARTIDOS (ART. 200 RTP)
ADORNO PABLO (UNION) – RESERVA – 1 PARTIDOS (ART. 186 DEL RTP).
NAVARRO TOBIAS (LOS CARTEROS) – RESERVA 1 PARTIDOS (ART. 207 DEL RTP)
REARTE JONATHAN – (DEFENSORES) RESERVA- 1 PARTIDOS (ART. 207 DEL RTP)
SAN MARTIN MANOLO (MERCEDES) – RESERVA – 2 PARTIDOS (ART. 204 DEL RTP)
DEMATEI FELIPE (MERCEDES) – RESERVA- 2 PARTIDOS (ART. 204 DEL RTP)
VIÑALES MAXIMO (JUVENTUD) RESERVA – 1 PARTIDO (ART. 207 DEL RTP)
SERGIO FLORES (QUILMES) RESERVA 1 PARTIDO (ART. 207 DEL RTP)
ALBORNOZ NICOLAS (DEFENSORES) – 5TA. 2 PARTIDOS (ART. 204 DEL RTP)
CANARIO VALENTIN (DEFENSORES) – 5TA- 2 PARTIDOS (ART. 204 DEL RTP)
PAI JORGE (TALLERES) RESERVA 1 PARTIDO (ART. 207 DEL RTP)
BARTOLOMEO JORGE (TALLERES) RESERVA 1 PARTIDO (ART. 207 DEL RTP)
ALBANESE MATIAS (ESTUDIANTES) 2 PARTIDOS (ART. 204 DEL RTP)
PRIMERA FEMENINO
AYUDANTE DE CAMPO CLUB MERCEDES 4 PARTIDOS (ART. 185 DEL RTP)
2)
EXP: Informe de la CD de la liga (Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1) Suspender por el término de tres meses a NICOLA BARRERA (art. 32Y 33 del RTP).-
VISTO:
El informe del árbitro del encuentro entre HOLANDA VS. ATENEO, cat. 2010, donde hizo saber que “ en el momento de pedir los documentos de cada equipo jugador 7n de Holanda …”(Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento
de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción
del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal RESUELVE:
1) Suspender en forma provisoria a Dilan Pinilla, jugador de HOLANDA, y dar traslado del informe precedente (art. 32, 33 y 185 del RTP).-
2) Dar traslado del informe que antecede al Club Holanda para su correspondiente descargo(art. 32 y 33 del RTP).
3) VISTO:
El descargo del club el TIMON sobre los hechos sucedidos el 10/8/2024, en el partido en la categoría 5ta, del mencionado club vs. el CLUB HOLANDA (Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Por ello el Tribunal RESUELVE:
1)Dar traslado al CLUB HOLANDA del descargo precedente, a fin de producir su propio descargo (art. 32, 33 del RTP).-
4) RECONSIDERACION: la presentación del CLUB UNION, donde solicita reconsideración de sanción de la jugadora Belén Pedraza, no habiendo presentado nuevos elementos que permitan apartarse de lo resuelto, este Tribunal RESUELVE: Mantener la sanción del fallo 24/ 2024 (aret, 32 y 33 del RTP).-
– Hacer saber a los clubes que las puertas de acceso al campo de juego debe permanecer cerrado, de lo
contrario la terna arbitral se encuentra facultado a no comenzar el encuentro, debiendo permanecer
solamente los jugadores que disputan el partido y personal autorizado.-
– Se aclara a los clubes que cualquier presentación después del día martes a las 15 horas, será tratada en la siguiente reunión de este tribunal.-
– Se recuerda que según el Art. 27 del RTP – El jugador que … sea expulsado del campo de juego en partido oficial,
quedará automáticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo
se le descontará la pena cumplida a raíz de esta suspensión automática.
Dr. Matías Marchesini- Presidente
Dr. Mario Raúl Arieta
Dr. Jorge Aguirre – Vocal-
Miembros actuantes: Dr. H. Matías Marchesini- Presidente, Dr. Mario Raúl Arieta Y Dr. Jorge Aguirre – Vocal-
1).SUSPENDIDOS
PRIMERA
RAMIREZ NAHUEL (ATL. RODRIGUEZ) 1 PARTIDO (ART. 207 del RTP)
RESERVA
AUBAIN FRANCISCO (VILLA MANCHI) 1 PARTIDO (ART. 207 del RTP)
CEJAS DILAN (VILLA MANCHI) 2 PARTIDOS (ART. 186 del RTP)
BAEZ MAXIMILIANO (VELEZ) 1 PARTIDO (ART. 207 del RTP)
MONTENEGRO JOSE (JORGE NEWBERY) 2 PARTIDOS (ART. 204 del RTP)
PRIMERA FEMENINO
PEDRAZA BELEN (UNION) PRIMERA – 3 PARTIDOS (ART. 200 del RTP))
INFERIORES
LUCERO NAHUEL (DEFENSORES) -CAT. 2009- 2 PARTIDOS (ART. 204)
QUEVEDO AGUSTINA (DEFENSORES) -CAT. 2009- 2 PARTIDOS (ART. 204)
GELVES MAXIMO (EL FRONTON) -CAT. 2009- 1 PARTIDO (ART. 207 del RTP)
2) VISTO:
El informe del árbitro del encuentro entre GOWLAND VS. QUILMES, 1era. División, “se informa que el club Quilmes sale 10 minutos tarde para comenzar el partido”(Informe que se pone a disposición de las partes).-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la
equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Art. 110 – FALTA DE PUNTUALIDAD – MULTA – Multa a club cuyo equipo incurra en falta de puntualidad no alistándose en el campo de juego, a las órdenes del árbitro, a la hora oficialmente fijada para el comienzo del partido, en los montos que se fijan a continuación:
a) v.e. 20 a equipo de división superior de club de categoría superior de la Liga.
Por cada minuto de retraso en la iniciación de cualquiera de estos partidos motivada por la falta de puntualidad de uno o de los dos equipos la multa se acrecienta en v.e. 1.-
Por todo esto este Tribunal resuelve:
1. Sancionar con una multa de v.e. 30 al CLUB QUILMES (arts. 32, 33 110 y cc del R.T.P.).
3) VISTO:
El informe del árbitro del encuentro entre TALLERES VS. ATENEO, RESERVA, donde hizo saber que “siendo los 38 minutos del primer tiempo los jugadores expulsados del equipo local (Talleres)..“ Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre conviccióndel Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal RESUELVE:
1) Suspender por el termino de tres partidos a LOPEZ TOMAS, jugador de Talleres(art. 200 del RTP).-
2) Suspender por el termino de un partido a PRIANO THIAGO, jugador de Talleres(art. 207 del RTP).-
3) Dar por perdido el partido a Club Talleres, por el resultado de 1 a 0 a favor del Club Ateneo; deduciéndosele al Club Talleres él punto correspondientes a dicho partido y además una multa de 20 v.e. entradas. Art. 106 y cc de RTP.
4) VISTO:
El informe del árbitro del partido de 5a División entre El Timón – Holanda, donde hizo saber que «… se suspende el partido a los 25 minutos del segundo tiempo al armarse una batalla campal…)
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre conviccióndel Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal RESUELVE:
1) Dar por incorporada actuaciones e informe del Club Holanda
2) Solicitar al Club El Timón descargo, de lo ocurrido
3) Solicitar a la Secretaría de la Liga, y/o al club Holanda faltante de planillas de dicho encuentro
5)
EXP: Informe de la CD de la liga (Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1) Dar traslado al club HOLANDA del presente informa con el fin de realizar el descargo correspondiente. (art. 32 y 33 del RTP).-
6) VISTO
El Informe arbitral del partido Categoría 7a División (2010) donde hizo saber que «el jugador 16 había jugado en la categoría anterior…»
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1) Suspender en forma provisoria al jugador MORALES IVAN
2) Dar traslado al Club Vélez con el fin de realizar el descargo correspondiente
7) PEDIDO DE RECONSIDERANCION:
Atento el pedido de reconsideración y en virtud de un análisis del informe arbitral y demás elementos existentes, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:
1) REDUCIR la sanción aplicada en fallo 18/2024 al jugador DE ROSAS EZEQUIEL , del CLUB PALOMETAS, quedando la misma en dos partidos (art. 32, 33 Y 186 RTP).- 2) Mantener el resto de la sanción aplicada en el mencionado fallo con respecto al Club Palometas (art. 32 y 33 del RTP).-
* Hacer saber a los clubes que las puertas de acceso al campo de juego debe permanecer cerrado, de lo contrario la terna arbitral se encuentra facultado a no comenzar el
encuentro, debiendo permanecer solamente los jugadores que disputan el partido y personal autorizado.-
* Se aclara a los clubes que cualquier presentación después del día martes a las 15 horas, será tratada en la siguiente reunión de este tribunal.-
Se recuerda que según el Art. 27 del RTP – El jugador que … sea expulsado del campo de juego en partido oficial, quedará automáticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo se le descontará la pena cumplida a raíz de esta suspensión automática.
Dr. Matías Marchesini- Presidente
Dr. Mario Raúl Arieta
Dr. Jorge Aguirre – Vocal-
Club Mercedes 2: Matías Giménez y Mateo Lima
All Haz 1: Lautaro Letoil.
Atlético General Rodríguez 1: Isaías Farías.
Jorge Newbery 3: Matías Schenfeld y Valentino Ghigliano.


Club Mercedes 2: Lucas Picone y Guillermo Benedetti.
All Haz 0.
Arbitro: Luis López (AAM).
Atlético General Rodríguez 1: Rodrigo Tonini.
Jorge Newbery 2: Alejandro Casafu y Enzo Laurino.
Arbitro: Julio Natale (Lobos).
Expulsado: Nahuel Ramírez (AGR).

Quilmes 4: Sebastián Muñoz 2, Joaquín Dabove y Brandon Moreno.
Talleres 1: Gino Jadra Tau.
Arbitro: Tomás Sánchez (CAM).

Categoría 2014
Ateneo 1 – El Frontón 1
Defensores 0 – Juventud 6
Unión 1 – Estudiantes 1
Quilmes 0 – Mercedes 3
Palometas 6 – Gowland 0
Trocha 1 – Villa Manchi 4
Categoría 2013
Ateneo 0 – El Frontón 2
Defensores 0 – Juventud 1
Unión 0 – Estudiantes 1
Quilmes 4 – Mercedes 0
Vélez 2 – Carteros 0
Palometas 4 – Gowland
Trocha 0 – Villa Manchi 2
Talleres 2 – Holanda 3
Categoría 2012
Ateneo 0 – El Frontón 0
Defensores 0 – Juventud 1
Unión 1 – Estudiantes 0
Quilmes 0 – Mercedes 0
Vélez 0 – Carteros 0
Trocha 0 – Villa Manchi 2
La Tijera – Pabellón Argentino (Suspendido)
Categoría 2011
Ateneo 0 – El Frontón 3
Defensores 2 – Juventud 1
Unión 0 – Estudiantes 2
Quilmes 0 – Mercedes 1
Vélez 1 – Carteros 3
Trocha 0 – Villa Manchi 2
Categoría 2010
Ateneo 0 – El Frontón 5
Defensores 1 – Juventud 1
Unión 0 – Estudiantes 0
Quilmes 1 – Mercedes 1
Vélez 0 – Carteros 1
Trocha 0 – Villa Manchi 6
La Tijera – Pabellón Argentino (Suspendido)
Categoría 2009
Ateneo 1 – El Frontón 2
Defensores 1 – Juventud 1
Unión 4 – Estudiantes 1
Vélez 2 – Carteros 0
Trocha 0 – Villa Manchi 6
Categoría 5ª
Ateneo 0 – El Frontón 0
Defensores 0 – Juventud 1
Unión 1 – Estudiantes 1
Quilmes 2 – Mercedes 3
Vélez 1 – Carteros 0
Palometas 5 – Gowland 0
Trocha 1 – Villa Manchi 1
La Tijera – Pabellón Argentino (Suspendido)
Primera
DEFENSORES 1: Jeremías Villalba.
TROCHA 1: Joaquín Guzmán.
JUVENTUD 2: Matías Correa, Rodrigo Pancera.
VILLA MANCHI 1: Miguel Acosta.
ALL HAZ 0.
EL FRONTÓN 1: Augusto Rossi.
ATLÉTICO RODRÍGUEZ 2.
ESTUDIANTES 1.
VÉLEZ SARSFIELD 0.
MERCEDES 0.

Segunda
PALOMETAS 0.
HOLANDA 2: Benjamín Castillo y Lucas Fernández.
TALLERES 0.
ATENEO 1: Santiago Gómez.
Club Mercedes 2: Ailen Castro y Yanina Russo.
Palometas 0.
Unión 0.
Pabellón Argentino 3: Camila Fernández 2 y Noelia Molina.
Postergados
Social y Deportivo Nicolás vs. Defensores Juniors
La Tijera vs. El Timón
Libres: Trocha y El Frontón.
Vélez 0.
Club Mercedes 1: Leandro Amado.
Arbitro: Andrés Costa (La Plata).
All Haz 1: Nicolás Acuña.
El Frontón 0.
Arbitro: Eduardo Aguirre (AAM).
Atlético Rodríguez 2: Leandro Blach y Agustín Onofio.
Estudiantes 1: Nicolás Ramírez.
Juventud 2: Federico Clarac y José Perruiset.
Villa Manchi 0.

Próxima fecha
Club Mercedes vs. Juventud.
Pabellón vs. Atlético Rodríguez.
Estudiantes vs. El Frontón.
Unión vs. Vélez.
Trocha vs. All Haz.
Villa Manchi vs. Jorge Newbery.
Carteros vs. Defensores.
Deportivo Gowland 0.
Quilmes 2: Sebastián Muñoz y Joaquín Dabove.
Arbitro: Luis López (AAM).
El Timón 5: Enzo Mazzocchi, Pedro Ortega 2, Juan Rueda y Juan Aiello.
La Tijera 0.
Arbitro: Nazareno López (General Rodríguez).
Talleres 1: Jonathan Solivella de penal.
Ateneo 2: Lucas Bocaccio y Mateo Murari.
Arbitro: Lucas Avalos (AAM).

Próxima fecha
AMEFIP vs. Ateneo.
Talleres vs. Gowland.
Quilmes vs. El Timón.
La Tijera vs. Palometas.
Libre: Holanda.
PRIMERA DIVISION
Miércoles 14 de agosto, cancha Liga Mercedina
19:15 hs. All Haz Vs. Mercedes
21:15 hs. Quilmes Vs. Talleres
Miércoles 14 de agosto, cancha Atlético Rodríguez
19:00 hs. Atlético Rodríguez Vs. Jorge Newbery
RESERVA
Miércoles 14 de agosto, cancha Atlético Rodríguez
21:00 hs. Atlético Rodríguez Vs. Jorge Newbery
Miércoles 14 de agosto, cancha Mercedes
21:30 hs. All Haz Vs. Mercedes
Sub 14
Defensores Juniors 1: Sofía Caparroz.
Palometas FC 0.
Defensores Junior campeón


Sub 16
Club Mercedes 3: Francesca Romano 2 y Valentina Pereyra.
Villa Manchi 0.
HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS
FALLO Nº 23/2024
Miembros actuantes: Dr. H. Matías Marchesini- Presidente,
Dr. Mario Raúl Arieta Y Dr. Jorge Aguirre – Vocal-
1.SUSPENDIDOS
PRIMERA
MANSILLA RUBEN ARIEL (PALOMETAS) PRIMERA – 3 PARTIDOS (ART. 205, 45/48 (reincidencia) del RTP))
CLIMINO BRAIAN – PRIMERA – 3 PARTIDOS (ART. 200 Y 186 RTP)
2)
VISTO:
El informe del árbitro del encuentro entre ESTUDIANTES VS. UNION, RESERVA, donde hizo saber que “ roja
directa a Méndez Alejo..”(Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Seguidamente se encuentra el descargo del jugador Méndez Alejo, el que no es tratado debido a que no ha sido
presentado en debida forma.-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento
de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción
del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal RESUELVE:
1) Suspender por el término de 2 partidos a MENDEZ ALEJO, jugador de UNION, (art. 32Y 33, 186 del RTP).-
2) Suspender por el termino de 15 días al árbitro del encuentro Evangelina Caltieri (Art. 32, 33, 270 y cc del RTP).-
3) VISTO:
El informe del árbitro del encuentro entre ALL HAZ VS. ATLETICO RODRIGUEZ, 1ERA. División, donde hizo saber
que “expulso al sr. Villegas Germán y luego de retirarse del campo de juego por personal encargado de
seguridad..”(Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento
de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción
del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal RESUELVE:
1) Suspender por 4 partidos a VILLEGAS GERMAN DT. GRAL. RODRIGUEZ (art. 32, 33 y 185 del RTP).-
4) Exp. “árbitro del partido entre AEMFIP c/ CLUB TIMON”,
Que el mencionado arbitro a informado a este tribunal su imposibilidad de concurrir a la citación llevada adelante
en el fallo precedente. Por lo que se resuelve citar nuevamente para el próximo martes al árbitro del encuentro
Diego Ariel Gauna.-
5) Exp. “árbitro del partido entre CLUB VELEZ VS. JUVENTUD DE SUIPACHA ”, que de los elementos aportados por ambos
equipos y la presentación del CLUB VELEZ. Asimismo deberá continuar con la presente investigación. Donde se cito para el pasado arbitro, quien no solo no ha concurrido, sino que tampoco di razones de dicha falta, por lo que este tribunal
resuelve:
1.- Sancionar con 15 días de suspensión al árbitro del encuentro, G. MONZON (art. 32, 33, 270 y cc. RTP).
6) EXP: Informe de la CD de la liga (Informe que se pone a disposición de las partes debido a su extensión).-
Art. 32 – El Tribunal de Penas debe resolver con sujeción a la letra y espíritu del Estatuto y/o Reglamento
de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.
Art. 33 – La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción
del Tribunal de Penas, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1) Suspender en forma provisoria a NICOLAS BARRERA, Y dar traslado del informe para su
descargo (art. 32Y 33 del RTP).-
2) Dar traslado al club HOLANDA del presente informa con el fin de realizar el descargo correspondiente. (art. 32 y 33 del RTP).-
– Hacer saber a los clubes que las puertas de acceso al campo de juego debe permanecer cerrado, de lo
contrario la terna arbitral se encuentra facultado a no comenzar el encuentro, debiendo permanecer
solamente los jugadores que disputan el partido y personal autorizado.-
– Se aclara a los clubes que cualquier presentación después del día martes a las 15 horas, será tratada en la siguiente reunión de este tribunal.-
– Se recuerda que según el Art. 27 del RTP – El jugador que … Sea expulsado del campo de juego en partido oficial,
quedará automáticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo
se le descontará la pena cumplida a raíz de esta suspensión automática.
Dr. Matías Marchesini- Presidente
Dr. Mario Raúl Arieta
Dr. Jorge Aguirre – Vocal-
Se informa que hasta el próximo 19 de agosto se encuentra abierto el proceso de insripciones para instituciones que estén interesadas en participar del Torneo Clausura de Fútbol Senior +40.
Cerrado el plazo se iniciará la organización del certamen, cuyo comienzo será en el mes de septiembre