Mercedes 3 de marzo de 2023
VISTO
Que en la temporada 2022 se generaron complicaciones en la confección de listas de buena fe en cuanto a la cantidad de jugadores a fichar.
Que la falta de jugadores fue motivo de postergaciones de partidos hacia días de la semana y suspensión definitiva de otros por no llegar al
mínimo indispensable de jugadores
Que por todo ello y de conformidad en lo establecido en los reglamentos
RESUELVE
Art. 1- Las lista de buena fe de las divisiones infantiles (2015 – 2014 – 2013 – 2012) deberán integradas con un mínimo de diez (11) jugadores
Art. 2- Las listas de buena fe de las divisiones Juveniles (2011 – 2010 – 2009 – 2008 y 2007/2006) deberán estar integradas con un mínimo de 14 jugadores-
Art. 3- Para la temporada 2023 se establece un tiempo de cumplimiento de los artículos 1 y 2, hasta el día anterior al comienzo de los torneos.-
Art. 4 -Para la temporada 2024 el número mínimo de fichajes por categoría quedará sujeto a las modificaciones en el Reglamento Interno.-
Art. 4- Comuníquese; publíquese; y; archívese.-
Daniel Figueredo
Jorge Cerfoglio