TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 24

HONORABLE TRIBUNAL DE DISCIPLINA

PRESIDENTA: Dra. MARIA DE LA CRUZ CASTELLARI
VICEPRESIDENTE: Dr. MATIAS MARCHESINI.
VOCALES: Dr. JORGE AGUIRRE. Dr. RAUL ARRIETA. Sr. JORGE CERFOGLIO.
Reunidos en sesiones para tratar los informes deportivos ingresados al día 12/08/2026.-

FALLO 24/2026

SUSPENDIDOS:

PINTO THOMAS ALFREDO – (CLUB PALOMETAS) – PRIMERA DIV. – 1 PARTIDO (ART. 207 del RTP).-
FERREIRA BRIAN ALEJANDRO (CLUB VELEZ SARSFIELD) – PRIMERA DIV. – 3 PARTIDOS (ART. 200 a3 del RTP).-

SUSPENSIONES PROVISIONALES: Atento lo informado el 10/08/2026 por el árbitro respecto a las expulsiones de los jugadores JORGE DAVID GONZALEZ (CLUB JUVENTUD SUIPACHA) y RICARDO OJEDA (CLUB TROCHA) ambos de Primera División, en relación a lo descripto en el informe y conforme art. 22 del RTP; se suspenden Provisionalmente a los jugadores mencionados, LO QUE ASÍ SE RESUELVE.-

RESOLUCIONES:

2) INCUMPLIMIENTO DE PAGO DE MULTAS – 2DA INTIMACIÓN.-

VISTO y CONSIDERANDO: Que el 07/08/2026 se publicó el fallo 23, en el cual se requiere el pago de multas a diferentes clubes.-
Que la Comisión de la Liga Mercedina de Fúltbol ha informado a éste Tribunal que los Clubes Talleres y Los Carteros no han efectuado el pago de multa correspondiente pese a estar debidamente notificados.-
Por lo expuesto y estando holgadamente cumplido el plazo;

Éste Tribunal RESUELVE:
I.- INTIMAR POR SEGUNDA VEZ al CLUB TALLERES para que haga efectivo el pago total de la multa pendiente, en un plazo de 5 (cinco) días de notificado, bajo apercibimiento de decretar la Suspensión Provisional (conf. 2do párrafo del art. 77, 32 y 33 del RTP).-
II- INTIMAR POR SEGUNDA VEZ al CLUB LOS CARTEROS para que haga efectivo el pago total de la multa pendiente, en un plazo de 5 (cinco) días de notificado, bajo apercibimiento de decretar la Suspensión Provisional (conf. 2do párrafo del art. 77, 32 y 33 del RTP).-
III.- Hacer saber que una vez efectuado el pago, el comprobante deberá ser remitido inmediatamente a esta sede para tener por cumplida la obligación.-

NOTA
1) Se recuerda que según el Art. 27 del RTP – El jugador que… sea expulsado del campo de juego en partido oficial, quedará automáticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo se le descontará la pena cumplida a raíz de esta suspensión automática …
2) Es dable reiterar a todos los árbitros que actúen en partidos de la Liga Mercedina, que es obligatorio el desarrollo completo y claro, la de informar los incidentes detalladamente al momento de realizar los informes; a fin que este Tribunal pueda contar con los elementos necesarios y así resolver cada una de las actuaciones.-De repetirse en lo sucesivo, este tipo de circunstancia, dará lugar a la aplicación del artículo 270 inc. d del RTP .-
3) Es importante informar que, para los descargos, protestas o consultas sobre sanciones, podrán hacerlo al correo electrónico oficial del Tribunal:tribunaldisciplinaligamercedes@gmail.com

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