{"id":50919,"date":"2026-07-09T21:20:55","date_gmt":"2026-07-10T00:20:55","guid":{"rendered":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/?p=50919"},"modified":"2026-07-09T21:21:11","modified_gmt":"2026-07-10T00:21:11","slug":"tribunal-de-disciplina-fallo-19-11","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/tribunal-de-disciplina-fallo-19-11\/","title":{"rendered":"TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 19"},"content":{"rendered":"<p>Honorable Tribunal de Penas<br \/>\nPRESIDENTA: Dra. MARIA DE LA CRUZ CASTELLARI VICEPRESIDENTE: Dr. MATIAS MARCHESINI.<br \/>\nVOCALES: Dr. JORGE AGUIRRE. Dr. RAUL ARRIETA. Sr. JORGE CERFOGLIO.<br \/>\nReunidos en sesiones para tratar los informes deportivos ingresados al d\u00eda 08\/07\/2026.-<br \/>\n<strong>FALLO 19\/2026 <\/strong><\/p>\n<p>SUSPENDIDOS:<\/p>\n<p>OBERTI MARCOS VALENTINO (CLUB JORGE NEWBERY) \u2013 1 PARTIDO (ART. 207 inc. B del RTP).-<!--more--><\/p>\n<p>BOERO SEBASTIAN JESUS (CLUB TROCHA) \u2013 2 PARTIDOS (ART. 200 a3 del RTP).-<br \/>\nGUTIERREZ MARCOS EZEQUIEL (CLUB QUILMES) \u2013 1 PARTIDO (ART. 207 del RTP).-<br \/>\nGOROSITO GABRIELA ANAHI (CLUB PALOMETAS) \u2013 1 PARTIDO (ART. 207 del RTP).-<br \/>\nD\u00b4AGOSTINO FELIPE MATEO (CLUB PALOMETAS) \u2013 3 PARTIDOS (ARTS. 186 y 207 del RTP).-<br \/>\nLIPORACI RACCHI VALENTINO (CLUB JUVENTUD SUIPACHA) \u2013 1 PARTIDO (ART. 207 del RTP).-<br \/>\nROMERO MATIAS ADRIAN (CLUB ALL HAZ) \u2013 2 PARTIDOS (ART. 200 a7 del RTP).-<br \/>\nPARRE\u00d1O ROMINA LUJAN (CLUB TROCHA) \u2013 1 PARTIDO (ART. 207 del RTP).-<br \/>\nDIAZ PABLO MARIANO (CLUB QUILMES) \u2013 1 PARTIDO (ART. 207 del  RTP).-<br \/>\nLEONE MARCELO (CLUB ESTUDIANTES) \u2013 SENIOR &#8211; 1 PARTIDO (ART. 186 del RTP).-<\/p>\n<p><strong>RESOLUCIONES:<\/strong><\/p>\n<p><strong>1)<\/strong> CLUB PABELL\u00d3N Vs. CLUB QUILMES \u2013 RESERVA \u2013 Fecha 4\/07\/2026.-<\/p>\n<p>VISTO: El informe arbitral en relaci\u00f3n al encuentro disputado entre los clubes mencionados precedentemente y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: Que de lo informado se desprende que durante una disputa por el bal\u00f3n, se desat\u00f3 una discusi\u00f3n ya que un jugador del equipo visitante jug\u00f3 de manera peligrosa con plancha, lo que deriv\u00f3 en una serie de agresiones, a saber:<br \/>\nEl jugador Jerem\u00edas QUINTANA (Quilmes) agredi\u00f3 con pu\u00f1etazos en la cara al guardameta local.-<br \/>\nBruno Agust\u00edn FERNANDEZ (Quilmes) y Lucas Nicol\u00e1s GOMEZ (Quilmes) tambi\u00e9n golpearon al guardameta local, y a otros jugadores locales que intentaban separar y calmar la situaci\u00f3n.-<br \/>\nGonzalo Javier RAMALLO (Quilmes) agredi\u00f3 a los rivales como as\u00ed tambi\u00e9n profiri\u00f3 insultos y escupitajos hacia la tribuna local.-<br \/>\nJerem\u00edas FLORES (Quilmes) y Jonatan Alexis QUEVEDO (Quilmes) se dirigieron al alambrado insultando, escupiendo y amenazando a la parcialidad.-<br \/>\nLaureano CELAYE (Ent. Asistente de Quilmes) instigaba a la violencia gritando a sus jugadores que ataquen.-<br \/>\nRamiro MARTIN (DT de Quilmes) rompi\u00f3 de manera violenta la puerta de acceso al exterior de la cancha insult\u00f3 a la parcialidad local, lo cual termin\u00f3 peligrando la calma que intentaban establecer tanto los jugadores como el DT local.-<br \/>\nQue a los 85 minutos la situaci\u00f3n llev\u00f3 al \u00e1rbitro a la suspensi\u00f3n del encuentro, debido a la cantidad de expulsiones quedando el Club visitante con inferioridad num\u00e9rica de jugadores.-<br \/>\nTras la suspensi\u00f3n los jugadores mencionados intentaron correr hacia la tribuna local, trepando el cerco perimetral y una vez fuera del campo agredieron a dicha tribuna.-<br \/>\nTambi\u00e9n destruyeron elementos de la propiedad del Club (tachos de basura, bidones y carteles).-<br \/>\nMientras la terna arbitral permanec\u00eda en el campo de juego, algunos particulares del equipo visitante insultaron y amenazaron a dicha terna, en ese contexto los jugadores locales se refugiaron en los vestuarios para eludir las agresiones.-<\/p>\n<p>Por ello, \u00e9ste Tribunal RESUELVE:<\/p>\n<p>I.- SUSPENDER PROVISIONALMENTE (conf. art. 22 del RTP) quienes podr\u00e1n realizar su respectivo descargo por el t\u00e9rmino de 5 (cinco) d\u00edas de notificados;<br \/>\nA los jugadores: Jerem\u00edas QUINTANA, Bruno Agust\u00edn FERNANDEZ, Lucas Nicol\u00e1s GOMEZ, Gonzalo Javier RAMALLO, Jerem\u00edas FLORES, Jonatan Alexis QUEVEDO.-<\/p>\n<p>Al Entrenador asistente Laureano CELAYE y al DT Ramiro MARTIN.-<br \/>\nII.- TRASLADO por 5 (cinco) d\u00edas de notificado al Club PABELLON ARGENTINO, a fin de que efect\u00fae el descargo, en relaci\u00f3n a los hechos y da\u00f1os ocasionados, estimaci\u00f3n de reposici\u00f3n y mano de obra que estime corresponder.- (conf. art 32 y 33 del RTP).-<\/p>\n<p><strong>2)<\/strong>INCUMPLIMIENTO DE PAGO DE MULTAS \u2013 2DA INTIMACI\u00d3N.-<\/p>\n<p>VISTO y CONSIDERANDO: Que el 25\/06\/2026 se public\u00f3 el fallo 17, en el cual se requiere el pago de multas a diferentes clubes.-<br \/>\nQue la Comisi\u00f3n de la Liga Mercedina de F\u00faltbol ha informado a \u00e9ste Tribunal que los Clubes Quilmes y Holanda no han efectuado el pago de multa correspondiente pese a estar debidamente notificados.-<br \/>\nPor  lo  expuesto  y  estando  holgadamente cumplido el plazo;<\/p>\n<p>\u00c9ste Tribunal RESUELVE:<br \/>\nI.- INTIMAR POR SEGUNDA VEZ al  CLUB QUILMES para que haga efectivo el pago total de la multa pendiente, en un plazo de 5 (cinco) d\u00edas de notificado, bajo apercibimiento de decretar la Suspensi\u00f3n Provisional (conf. 2do p\u00e1rrafo del art. 77, 32 y 33 del RTP).-  <\/p>\n<p>II- INTIMAR POR SEGUNDA VEZ al  CLUB HOLANDA para que haga efectivo el pago total de la multa pendiente, en un plazo de 5 (cinco) d\u00edas de notificado, bajo apercibimiento de decretar la Suspensi\u00f3n Provisional (conf. 2do p\u00e1rrafo del art. 77, 32 y 33 del RTP).-  <\/p>\n<p>III.- Hacer saber que una vez efectuado el pago, el comprobante deber\u00e1 ser remitido inmediatamente a esta sede para tener por cumplida la obligaci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>3)<\/strong> CLUB PALOMETAS Vs. CLUB TALLERES \u2013 CATEGOR\u00cdA 2014 \u2013 Fecha 04\/07\/2026.-<\/p>\n<p>VISTO Y CONSIDERANDO: La NO presentaci\u00f3n del Club Talleres en el campo de juego en el horario reglamentario, ante el partido programado para el 04\/07\/2026 contra el Club Palometas de la categor\u00eda 2014.-<br \/>\nTeniendo el cuenta que el Club infractor no ha presentado justificaci\u00f3n alguna al d\u00eda de la fecha.-<\/p>\n<p>Por ello, \u00e9ste Tribunal RESUELVE:<\/p>\n<p>I.- Dar por Perdido el partido al Club Talleres, con el resultado Club Palometas 6 (seis) \u2013 Club Talleres 0 (cero) (conf. Reglamento interno, arts. 152, 32 y 33 del RTP).-<br \/>\nII.- Aplicar al Club Talleres la MULTA equivalente a cincuenta y ocho (58) v.e (conf. art. 109 inc. e del RTP)<\/p>\n<p><strong>4)<\/strong> CLUB TROCHA Vs. CLUB VELEZ SARSFIELD \u2013 RECONSIDERACI\u00d3N POR PARTE DEL CLUB V\u00c9LEZ \u2013 Fecha 01\/05\/2026.-<\/p>\n<p>VISTO y CONSIDERANDO: No habi\u00e9ndose aportado al expediente elementos que permitan concluir fehacientemente que parciales hayan participado activamente de los hechos investigados, atento a la falta probatoria, susp\u00e9ndase provisoriamente la multa impuesta al Club V\u00e9lez Sarsfield, hasta tanto aparezcan nuevas pruebas que acrediten lo acontecido, LO QUE ASI SE RESUELVE (conf. Arts. 32 y 33 del RTP).-<\/p>\n<p><strong>5)<\/strong> COSTA BRAVA Vs. GOWLAND \u2013 SENIOR \u2013 Fecha 01\/07\/2026.-<\/p>\n<p>VISTO: El informe arbitral, en relaci\u00f3n a DANIEL ORTIZ jugador de Gowland, quien fue expulsado por pegar a otro jugador una patada desde atr\u00e1s, sin estar el bal\u00f3n en disputa, una vez ca\u00eddo el jugador y estando en el piso, lo insulta y le pega un golpe de pu\u00f1o en el rostro.-<br \/>\nCONSIDERANDO: El hecho de violencia informado que involucra al jugador Daniel<br \/>\nORTIZ;<\/p>\n<p>Por ello \u00e9ste Tribunal RESUELVE:<\/p>\n<p>I.- SUSPENDER PROVISIONALMENTE al jugador DANIEL ORTIZ;  correr TRASLADO por 5 (cinco) d\u00edas de notificado al jugador mencionado precedentemente, a fin de que realice el descargo correspondiente, caso contrario se resolver\u00e1 con los elementos aportados en la causa (conf. art 22, 32 y 33 del RTP).-<\/p>\n<p><strong>6)<\/strong> T\u00e9ngase por recibida la solicitud presentada el 06\/07\/2026 por el Club Los Carteros, pase a despacho para su tratamiento.-<\/p>\n<p><strong>NOTA<\/strong><br \/>\n1) Se recuerda que seg\u00fan el Art. 27 del RTP \u2013 El jugador que\u2026 sea expulsado del campo de juego en partido oficial, quedar\u00e1 autom\u00e1ticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo se le descontar\u00e1 la pena cumplida a ra\u00edz de esta suspensi\u00f3n autom\u00e1tica\u2026<\/p>\n<p>2) Es dable reiterar a todos los \u00e1rbitros que act\u00faen en partidos de la Liga Mercedina, que es obligatorio el desarrollo completo y claro, la de informar los incidentes detalladamente al momento de realizar los informes; a fin que este Tribunal pueda contar con los elementos necesarios y as\u00ed resolver cada una de las actuaciones.-De repetirse en lo sucesivo, este tipo de circunstancia, dar\u00e1 lugar a la aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 270 inc. d del RTP.-<br \/>\nEs importante informar que, para los descargos, protestas o consultas sobre sanciones, podr\u00e1n hacerlo al correo electr\u00f3nico oficial del Tribunal: tribunaldisciplinaligamercedes@gmail.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Honorable Tribunal de Penas PRESIDENTA: Dra. MARIA DE LA CRUZ CASTELLARI VICEPRESIDENTE: Dr. MATIAS MARCHESINI. 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