{"id":42957,"date":"2025-11-28T22:52:28","date_gmt":"2025-11-29T01:52:28","guid":{"rendered":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/?p=42957"},"modified":"2025-11-28T22:52:48","modified_gmt":"2025-11-29T01:52:48","slug":"ampliacion-fallo-36","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/ampliacion-fallo-36\/","title":{"rendered":"AMPLIACION FALLO 36"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Mercedes, 28 de noviembre de 2025 -21:30 horas-<\/strong><\/em><\/p>\n<p><strong>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS<\/strong><\/p>\n<p>PRESIDENTE: Dr. MATIAS MARCHESINI. VOCALES: Dra. MARIA DE LA CRUZ CASTELLARI. Dr. JORGE AGUIRRE. Dr. RAUL ARRIETA. <\/p>\n<p><strong>AMPLIACION DEL FALLO 36\/2025<\/strong><!--more--><\/p>\n<p><strong>VISTO<\/strong><br \/>\nQue la protesta presentada por el Club PALOMETAS ha cumplido con el requisito establecido en el art\u00edculo Art. 13 del RTP. El club que se considere con derecho para impugnar la validez de un partido puede protestarlo ante el Tribunal de Penas, presentando un escrito por duplicado, . \u2013<br \/>\nLa presentaci\u00f3n realizada por el Club Palometas sobre el Partido de Primera Divisi\u00f3n disputado ante Club V\u00e9lez el s\u00e1bado 8 de noviembre en cancha de este \u00faltimo, solicitando la protesta del encuentro (ART. 13 y 14 del<br \/>\nRTP) por el \u201cno abono de la cuota mensual correspondiente al mes de noviembre\u2026\u201d.<br \/>\nQue llegan a requerimiento de este Tribunal un descargo del Club V\u00e9lez Sarsfield y una presentaci\u00f3n de la Mesa Directiva de la Liga.-<br \/>\nQue con respecto al Club V\u00e9lez Sarsfield y su presentaci\u00f3n concretada en tiempo y forma, se manifiesta en primer t\u00e9rmino que \u201cDicho pedido se basa \u00fanica y exclusivamente en el no pago de la cuota mensual correspondiente al<br \/>\nmes de noviembre del corriente a\u00f1o en base a seg\u00fan esta entidad que solicita los puntos del partido: \u2018seg\u00fan lo informado OFICIALMENTE por la dirigencia de la LIGA ellos llaman OFICIALMENTE a un grupo de whatsapp, conformado por dirigentes de la Liga y delegados de los clubes y algunos dirigentes de los mismos, existiendo desde ya varios a\u00f1os el canal oficial de la LIGA MERCEDINA DE F\u00daTBOL, que es la p\u00e1gina web de la misma, donde nada se informa sobre este tema que esta p\u00e1gina oficial de la Liga Mercedina es el BOLETIN OFICIAL donde se comunican la situaci\u00f3n de los distintos clubes\u201d. \u201cPero lo m\u00e1s importante de este es que nuestro club nunca dej\u00f3 de pagar la cuota mensual, (estamos al d\u00eda), en la fecha prevista y definida por las autoridades de la LIGA MERCEDINA DE FUTBOL, que en la primera reuni\u00f3n del a\u00f1o, donde participaron la gran mayor\u00eda de los clubes afiliados, (se puede corroborar con algunos de los delegados o dirigentes presentes) y se determin\u00f3 a trav\u00e9s de la dirigencia de la Liga, que el vencimiento de las cuotas mensuales que debe pagar cada club es el d\u00eda 10 de cada mes, (el partido se disput\u00f3 el 8\/11\/2025, por lo tanto todav\u00eda no hab\u00eda vencido la cuota de noviembre), (una buena medida dada la situaci\u00f3n de la mayor\u00eda de los clubes que por los escasos recursos que disponen y que en muchos casos es necesaria la ayuda para hacer frente a la cuota mensual del cobro societario y\/o cuota social), m\u00e1s all\u00e1 de lo que dispone el Reglamento Interno de la Liga, aunque en algunos meses del a\u00f1o la tesorer\u00eda de la Liga en ese mismo grupo de whatsapp informaba fechas de vencimiento que variaban cada mes (incluso en octubre -CUOTA 8- se public\u00f3 vencimiento d\u00eda SABADO 4 de octubre), y nunca excepto esta vez, public\u00f3 en dicho grupo que solo 14 clubes habr\u00edan<br \/>\nabonado la cuota del mes de noviembre de 2025 pero no aclara si fue antes de d\u00eda  5 de ese mes ya que lo publica el d\u00eda 10 de noviembre a las 23:59 horas\u201d.<br \/>\nY adem\u00e1s publica el d\u00eda 11 de noviembre 00:00 horas este texto \u201cPagos que ingresen a partir de ahora ser\u00e1n informados al cierre de cada d\u00eda. Muchas gracias Saludos cordiales\u201d, cosa que al d\u00eda de la fecha no se public\u00f3 nada al respecto, lo que da a entender que ninguno de los otros 9 clubes; (ahora 8 por la desafiliaci\u00f3n de Atl\u00e9tico Rodr\u00edguez) hayan abonado la cuota del mes de noviembre y por lo tanto sean sancionados de oficio por el mismo motivo que nuestro club pero sin otorgamiento de puntos al rival de esa ocasi\u00f3n en TODAS las categor\u00edas reconocidas por la LIGA MERCEDINA al no haber una solicitud al respecto\u201d. El Club V\u00e9lez desestima la presentaci\u00f3n del club Palometas.<br \/>\nLa Mesa Directiva de la Liga Mercedina aporta un escrito donde se menciona que: \u201cA principio de a\u00f1o, en la habitual reuni\u00f3n de delegados se inform\u00f3 que los pagos de cuota deb\u00edan realizarse entre el 1 y 10 de cada mes;<br \/>\nsituaci\u00f3n que se ha venido dando desde hace muchos a\u00f1os\u201d \u201cLos pagos y su cumplimiento se pueden corroborar a trav\u00e9s de la p\u00e1gina web oficial de nuestra instituci\u00f3n, en el \u00edtem Tesorer\u00eda\u201d.<br \/>\nPosteriormente, desde Tesorer\u00eda se fue informando mes a mes, en el grupo interno de Whatsapp, los cortes de fecha para el pago. Detall\u00e1ndose varios de ellos, de la siguiente manera: \u201c&#8230; 7 de marzo vence el plazo para el<br \/>\npago de la cuota 1&#8230;a continuaci\u00f3n se publica los importes a pagar por cada club en concepto de cuota 3: Vencimiento viernes 09\/05\/2025&#8230; \u00a0a continuaci\u00f3n se publica los importes a pagar por cada club en concepto de<br \/>\ncuota 5 Vencimiento s\u00e1bado 5 de julio 2025&#8230; a continuaci\u00f3n se publica losimportes a pagar por cada club en concepto de cuota 6 Vencimiento viernes 8 de agosto de 2025&#8230; a continuaci\u00f3n se publica los importes a pagar por cada club en concepto de cuota 7.Vencimiento viernes 5 de septiembre de 2025&#8230;, a continuaci\u00f3n se publica los importes a pagar por cada club en concepto de cuota 8. Vencimiento s\u00e1bado 4 de octubre de 2025&#8230; a continuaci\u00f3n se publica los importes a pagar por cada club en concepto de cuota 9. Vencimiento mi\u00e9rcoles 5 de noviembre de 2025&#8230; Agregamos que la comunicaci\u00f3n sobre el vencimiento del pago de la cuota 2 venci\u00f3 el d\u00eda 4 de abril\u201d.<\/p>\n<p>Y CONSIDERANDO:<br \/>\nDel an\u00e1lisis de la prueba colectada, nos encontramos con el hecho que el reclamante apoya su pretensi\u00f3n en el hecho que club V\u00e9lez, no pago la cuota social, a su criterio.<br \/>\nEn primer t\u00e9rmino tenemos el hecho que la reuni\u00f3n de principio de a\u00f1o entre los clubes de esta liga, se estableci\u00f3 como fecha l\u00edmite de pago los d\u00edas 10 de cada mes, que en los casos de caer un fin de semana se toma el lunes<br \/>\nsiguiente como l\u00edmite. Por lo que en caso de autos el club V\u00e9lez concreto el pago mencionado dentro del t\u00e9rmino establecido; que si bien en algunos meses la tesorer\u00eda de la liga modifico esa fecha, adelantando el pago, dicha<br \/>\nsituaci\u00f3n no puede modificar lo establecido por todos los clubes, en asamblea de la totalidad de los mismos, sin una nueva asamblea, lo contrario generar\u00eda un perjuicio.-<br \/>\nEn segundo t\u00e9rmino hemos de decir que la CD de esta liga ha informado que \u201cLos pagos y su cumplimiento se pueden corroborar a trav\u00e9s de la p\u00e1gina web oficial de nuestra instituci\u00f3n, en el \u00edtem Tesorer\u00eda\u201d, como medio oficial<br \/>\nde notificaci\u00f3n de todos los sucesos y como \u00fanico canal valido establecido. En el caso de autos se realiz\u00f3 una comunicaci\u00f3n en un grupo interno de Whatsapp, que no resulta valido a los fines de causar alg\u00fan efecto.-<\/p>\n<p>Art. 32 \u2013 El Tribunal de Penas debe resolver con sujeci\u00f3n a la letra y esp\u00edritu del Estatuto y\/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto,<br \/>\nde acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho. Art. 33 \u2013 La apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1<br \/>\ncon los elementos de juicio que considere suficientes.<\/p>\n<p>Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:<br \/>\nI.- NO HACER LUGAR a la protesta realizada por el Club PALOMETAS (arts. 32, 33 y cc del R.T.P.).<br \/>\nII.- Se ordena la no devoluci\u00f3n al CLUB PALOMETAS, del importe correspondiente a la formulaci\u00f3n de la protesta del caso, el que pasa a la tesorer\u00eda de esta Liga (arts. 14 y 21 del R.T.P.).<\/p>\n<p><strong>VISTO<\/strong><br \/>\nLa presentaci\u00f3n realizada por el Club CARTEROS sobre las sanciones impuestas en el FALLO 36 a los jugadores<br \/>\nSEGOVIA GONZALO Y CHAPARRO JONAS ( AMBOS CATEGORIA 2012), mencionando que ninguno de los dos result\u00f3 expulsados durante el juego, y Considerando que de las averiguaciones concretadas surge que existi\u00f3 un error por parte de la dupla arbitral al momento de realizar el informe, este Tribunal Resuelve<br \/>\nDejar sin efecto las sanciones de fallo 36,  SEGOVIA GONZALO Y CHAPARRO JONAS, quedando ambos habilitados para poder actuar en su pr\u00f3ximo juego.<br \/>\nSolicitar a la comisi\u00f3n de la Liga Mercedina advierta a los \u00e1rbitros sobre la necesidad de este Tribunal de tener especificado en los informes las categor\u00edas a los cuales corresponden los incidentes descriptos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mercedes, 28 de noviembre de 2025 -21:30 horas- HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS PRESIDENTE: Dr. MATIAS MARCHESINI. 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