{"id":37922,"date":"2025-06-12T07:24:56","date_gmt":"2025-06-12T10:24:56","guid":{"rendered":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/?p=37922"},"modified":"2025-06-13T16:59:58","modified_gmt":"2025-06-13T19:59:58","slug":"tribunal-de-disciplina-fallo-13-8","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/tribunal-de-disciplina-fallo-13-8\/","title":{"rendered":"TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 13"},"content":{"rendered":"<ul>\n<strong>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS<br \/>\nFALLO 13<\/strong><\/ul>\n<p>PRESIDENTE:  DR. MATIAS MARCHESINI. VOCALES: DRA.MARIA DE LA CRUZ CASTELLARI.DR.JORGE AGUIRRE.DR.RAUL ARRIETA.SR. JORGE CERFOGLIO.-Reunidos en sesi\u00f3n para tratar los informes deportivos ingresados al d\u00eda 10\/6\/2025.-<\/p>\n<p><strong>SUSPENDIDOS<\/strong><br \/>\nFERNANDEZ Gonzalo (JUVENTUD) -5TA- 1 PARTIDO 207<!--more--><\/p>\n<p>ROMERO Atilio (HOLANDA) -5TA- 1 PARTIDO 207<br \/>\nMENENDEZ Gonzalo (HOLANDA) -5TA- 1 PARTIDO 207<br \/>\nCABRIO Salvador (HOLANDA )-5TA- 1 PARTIDO 204<br \/>\nSOSA Joaquin (VILLA MANCHI) -8VA- 1 PARTIDO 207<br \/>\nFIGUEROA Ivan (VILLA MANCHI) -7MA- 1PARTIDO 207<br \/>\nSEQUEIRA Valentino (LOS CARTEROS) -7MA- 2 PARTIDOS 200 B<br \/>\nBARTOLOMEO Tiziano (LOS CARTEROS) -6TA- 1 PARTIDO 204<br \/>\nFLORES RIOS Joaquin (VILLA MANCHI) -6TA- 2 PARTIDOS 200 A)<br \/>\nORTEGA Uriel (VILLA MANCHI) -6TA- 1 PARTIDO 207<br \/>\nOVIEDO Demian (LA TIJERA) -5TA- 1 PARTIDO 207<br \/>\nGARCICH Dylan (SAN MARTIN) -5TA- 1 PARTIDO 207 J)<br \/>\nCABRERA Oscar (LA TIJERA) -5TA- 1 PARTIDO 207<br \/>\nGaleano Diego (DEFENSORES) -SENIOR- 2 PARTIDOS 207,186<br \/>\nRODRIGUEZ Gerardo (COSTA BRAVA) -SENIOR- 2 PARTIDOS 200<br \/>\nANIDO Mariano (LOS PALOMETAS) -SENIOR- 2 PARTIDOS 200<br \/>\nREBOTARO Lucas (EL TIMON) -2010- 1 PARTIDO 207<br \/>\nLOPEZ Tomas (TROCHA) -2010- 1 PARTIDO 186<br \/>\nMOLLO GASTON (C.T. TROCHA) -2010- 2 PARTIDOS 186,260<br \/>\nLANGAN Facundo (CT PABELLON ARG) -6TA- 1 PARTIDO 186<br \/>\nRAMIREZ Brian (MERCEDES) -5TA- 2 PARTIDOS 200 A)3)<br \/>\nFERNANDEZ FRANCO (ESTUDIANTES) -PRIMERA- 1 PARTIDO 204<br \/>\nLOMBARDO JUAN (ESTUDIANTES) -PRIMERA- 1 PARTIDO 204<br \/>\nDI BLASI Mart\u00edn (EL TIMON) -PRIMERA -1 PARTIDO 207<br \/>\nROMERO Edgardo (DEFENSORES) -5TA- 1 PARTIDO 207<br \/>\nMARTINEZ Facundo (EL TIMON) -5TA- 1 PARTIDO 207<br \/>\nSTILLISIANO Alexis (TROCHA) -PRIMERA- 2 PARTIDOS 200 4) 5)<br \/>\nPICONE Lucas (VELEZ) -PRIMERA- 1 PARTIDO 207<br \/>\nROSTAGNO Alexis (C.T. VILLA MANCCHI) -PRIMERA- 2 PARTIDOS 186,260<br \/>\nQUINTEROS GERARDO (ALL HAZ) -PRIMERA- 2 PARTIDOS 200 A)1)<\/p>\n<p><strong>RESOLUCION<\/strong><\/p>\n<p><strong>1)<\/strong> PARTIDO CLUB JUVENTUD vs MERCEDES \u2013 CAT.2012- Inclusi\u00f3n de jugador sin documento habilitante<\/p>\n<p>A) Tambien corresponde resolver sobre las manifestaciones del referi Emanuel Sanchez, relacionado con apreciaciones hacia el Presidente de la LMF y la forma que autoriza el ingreso del jugador Genoni.<\/p>\n<p>Habiendo escuchado al \u00e1rbitro Juan Giovagnoli, expres\u00f3. Que \u201d NO SE MOSTRO EL DNI FISICO AL TECNICO DE SUIPACHA POR QUE NO SE ENCUENTRA DENTRO DE LOS AUTORIZADOS. NO SE EL APELLIDO ME PARECE QUE EL NOMBRE ES PABLO.<br \/>\nQUE LA PERSONA QUE TRAJO EL DNI ERA LA MADE. QUE NO SABE COMO HIZO PARA ACERCAR EL MISMO. COMO ASI SI ESTABA O NO EN LA CANCHA AL MOMENTO DEL PRIMER TIEMPO<br \/>\nQUE PERSONALMENTE NO LO VI AL DNI .<br \/>\nSON DOS TIEMPOS DE 25 Y 10 DE DESCANSO QUE EN ELPRIMER TIEMPO NO LO DEJARON JUGAR<br \/>\nQUE NUNCA HABLARON CON EL PRESIDENTE DE LA LIGA NI ESCUCHO QUE SE HAYA DICHO ALGUNA PALABRA FUERA DE LUGAR SOBRE SU ACTUACION EN LA LMF\u201d.<\/p>\n<p>Que habiendo recolectado la prueba necesaria, evaluada la misma dentro de la sana critica, no encontramos elementos que permitan verificar que Emanuel Sanchez haya emitido manifestaciones sobre el actuar del presidente de la LMF, sin embargo tenemos la plena convicci\u00f3n que el nombrado incumpli\u00f3 las directivas del \u00f3rgano organizador, por lo que se RESUELVE IMPONER UN MES DE SUSPENSI\u00d3N para dirigir encuentros al \u00e1rbitro Emanuel SANCHEZ( ART. 270 a) del R.T.P)<\/p>\n<p><strong>2)<\/strong> PARTIDO UNION vs JORGE NEWBERY -5TA- ingreso de parcial al campo de juego<br \/>\nHabiendo el club identificado al parcial que ocasionara la intervenci\u00f3n del tribunal, IMPONER al Sr Mariano OBREDOR el derecho de admisi\u00f3n, impidi\u00e9ndole el ingreso a todo evento deportivo por el t\u00e9rmino de 1 mes, cuyo vencimiento operar\u00e1 el 10\/7\/2025 inclusive. (art. 32 y 33 RTP)<\/p>\n<p><strong>3)<\/strong> PARTIDO TROCHA vs. LOS CARTEROS \u2013RESERVA- Incidente entre ambas parcialidades<br \/>\nNo habiendo acompa\u00f1ado al momento de esta reuni\u00f3n descargo solicitados oportunamente,  IMPONESE a los Clubes Trocha y Los Carteros una pena multa de v.e. 30 por una fecha (arts. 83 y 84 del RTP), a cada uno de ellos<\/p>\n<p><strong>4)<\/strong>PRESENTACION DE LA LIGA MERCEDINA DE FUTBOL<br \/>\nEn la misma solicita la descalificaci\u00f3n del Torneo apertura que organiza de la categor\u00eda 2011 de los clubes Villa Manchi y Los Carteros y de la 5ta divisi\u00f3n de los clubes Trocha y AMEFIP Ba. San Mart\u00edn, fundando dicha medida en los graves incidentes sucedidos en los respectivos cotejos.<br \/>\nCabe aclarar que por dichos sucesos ha tomado intervenci\u00f3n este tribunal, otorgando a los involucrados el correspondiente derecho a descargo, el cual no alcanzar\u00e1 la medida que aqu\u00ed se solicita.<br \/>\nAnte la presentaci\u00f3n, avalada por la unanimidad del Consejo Directivo reunido el d\u00eda de ayer, corresponde adentrarse en el tema introducido, no sin antes indicar la inexistencia de antecedentes al respecto, por lo cual el presente formar\u00e1 precedente para otras situaciones que se presenten.<\/p>\n<p>Por ello entendemos que el presente debe ser de tal claridad, con el fin que la totalidad de los clubes \u2013 involucrados o no- adopten las medidas necesarias para que situaciones como las vividas no se repitan ni sean una constante.<\/p>\n<p>Establecido ello, como marco f\u00e1ctico a resolver debemos indicar que el Art. 80 del RTP ESTABLECE \u201c MULTAS, SANCIONES O SUSPENSION\u201d, seg\u00fan la gravedad del hecho, al club cuyos socios, parcialidad o p\u00fablico partidario ubicado en los sectores asignados a dicha instituci\u00f3n, en certamen de cualquier categor\u00eda: a) Promuevan des\u00f3rdenes. b) Arrojen cualquier clase de proyectiles o de otros elementos que se utilicen como tales. c) Agredan por cualquier medio al \u00e1rbitro, \u00e1rbitro asistente, asistente deportivo, personal t\u00e9cnico, jugadores o p\u00fablico en general, siempre que el hecho pueda atribuirse a una consecuencia inmediata de la disputa de aqu\u00e9l (se dispute o no el partido) o un partido anterior. d) Provoquen intencionalmente da\u00f1os materiales de consideraci\u00f3n a las instalaciones del estadio.e) Invadan el campo de juego con una conducta agresiva, o con la intenci\u00f3n de provocar la suspensi\u00f3n del partido o bien con el \u00fanico prop\u00f3sito de obtener una ventaja deportiva. f) Incurran en hechos graves y generalizados que impliquen desobediencia o resistencia a la autoridad. g) Intenten romper, voltear o escalar los cercos perimetrales. \u2026 acreditadas que sean las responsabilidades pertinentes, pudiendo decidirse la p\u00e9rdida de la categor\u00eda o, incluso, la desafiliaci\u00f3n por el t\u00e9rmino de un a\u00f1o con p\u00e9rdida de la categor\u00eda. No obstante lo dispuesto en los p\u00e1rrafos precedentes, el Tribunal de Disciplina podr\u00e1 declarar perdido el partido al equipo del club responsable, o a los dos equipos si existiera culpa concurrente, cualquiera sea el tiempo jugado y la cantidad de goles se\u00f1alados. Las sanciones previstas en este art\u00edculo, se aplicar\u00e1n a cualquier hecho producido antes, durante o despu\u00e9s del partido, dentro o fuera del estadio.-<\/p>\n<p>Como vemos los hechos pueden resumirse en el articulado precedente, entendiendo que dadas las caracter\u00edsticas de los campeonatos organizados, dicha desafiliaci\u00f3n corresponde a las categor\u00edas deportivas mencionadas en el actual torneo Apertura, ello con el fin de no perjudicar ni entorpecer a las restantes.<\/p>\n<p>Ello por cuanto el Art. 116 establece que la pena de expulsi\u00f3n y\/o desafiliaci\u00f3n, comporta la p\u00e9rdida para el club castigado de todos los derechos que el Estatuto de la Liga le reconoce a los clubs y lo inhabilita permanentemente para realizar partidos de f\u00fatbol de cualquier car\u00e1cter que fueren, con instituci\u00f3n afiliada a la Liga, a la A.F.A. o a la F.I.F.A.. La expulsi\u00f3n y\/o desafiliaci\u00f3n aplicada a club no inhabilita a las personas que lo integran, salvo resoluci\u00f3n expresa en contrario del Tribunal de Penas de la Liga.<\/p>\n<p>Por otro lado corresponde resolver como continuar\u00e1 el desarrollo del torneo Apertura ante la desclasificaci\u00f3n de las cuatro categor\u00edas involucradas, en este sentido corresponde dar por perdidos a ambas instituciones los partidos que estaban disputando entre ellos y que motivaran el presente.<\/p>\n<p>En cuanto a la continuidad, habr\u00e1 de encomendarse a la LMF que no programe partidos futuros en el presente torneo Apertura, los que se declaran perdidos 0-1 en favor de cada rival ocasional.<\/p>\n<p>Ello conforme el Art. 152 del RTP que establece que la pena de p\u00e9rdida de partido hace perder al equipo sancionado los tres puntos correspondientes al partido, el que se registrar\u00e1 con el resultado de cero gol, para el equipo castigado y un gol a favor para el otro equipo,\u2026. La p\u00e9rdida de partido por ambos clubes hace perder los tres puntos a cada uno de ellos, registr\u00e1ndose, en este caso, el resultado de cero gol a favor y un gol en contra a ambos clubes. \u2026.-<\/p>\n<p>Por ello asi resolvemos:<\/p>\n<p>1 \u2013 DAR POR PERDIDO el partido de la categor\u00eda 2011 entre los clubes Villa Manchi y Los Carteros<\/p>\n<p>2 &#8211; DAR POR PERDIDO el partido de la 5ta divisi\u00f3n entre los clubes Trocha y AMEFIP Ba. San Mart\u00edn<\/p>\n<p>3 \u2013 DESCALIFICAR del Torneo Apertura 2025 a la categor\u00eda 2011 de los clubes Villa Manchi y Los Carteros y a la 5ta divisi\u00f3n de los clubes Trocha y AMEFIP Ba. San Mart\u00edn, indicando a la L.M.F. se abstenga de programar los partidos que le restan disputar de dicho torneo.<\/p>\n<p>4 \u2013 A los efectos de la continuidad de los torneos, los partidos que restan del presente torneo son dados por perdidos, debiendo registrarse el resultado 0-1 a favor del equipo rival.-<\/p>\n<p><strong>TRASLADOS:<\/strong><\/p>\n<p><strong>1)<\/strong> PARTIDO JUVENTUD vs HOLANDA -5ta-<br \/>\nTraslado al Club Holanda, por tres d\u00edas, para que identifique a la persona que oficiara de D.T. de dicha categor\u00eda el d\u00eda 7\/6\/2025.<\/p>\n<p><strong>2)<\/strong> PARTIDO VILLA MANCHI vs LOS CARTEROS \u2013 7ma- ingreso y gresca entre parcialidades<br \/>\nTRASLADO a ambas instituciones por el plazo de tres d\u00edas para que efect\u00faen sus descargos correspondientes<\/p>\n<p><strong>3)<\/strong> PARTIDO LA TIJERA vs Ba, SAN MARTIN \u2013 5TA- ingreso de parcial local<br \/>\nTraslado al Club La Tijera por cinco dia para que identifique a la parcial y presente su descaro.<\/p>\n<p><strong>4)<\/strong> PARTIDO TROCHA vs Ba. SAN MARTIN \u2013 5TA divisi\u00f3n<br \/>\nJugadores suspendidos provisionalmente:<\/p>\n<p>CLUB TROCHA; NICOLAS DULCI, NAZARENO TORRES, LEGUIZAMON VALENTINO<\/p>\n<p>CLUB Ba. SAN MARTIN ; PARADA THIAGO, ARREDONDO LEONEL.<\/p>\n<p>Traslado a las instituciones por el ingreso de parciales al campo de juego, ocasionando la suspensi\u00f3n del encuentro por el plazo de cinco d\u00edas corridos.<\/p>\n<p><strong>5)<\/strong> PARTIDO LOS PALOMETAS vs VELEZ SARSFIELD- ingreso tard\u00edo al campo de juego<br \/>\nTRASLADO a ambas instituciones para que formulen sus descargos por el plazo de tres d\u00edas<\/p>\n<p><strong>6)<\/strong> PARTIDO DEFENSORES vs VILLA MANCHI \u2013 ingreso tard\u00edo al campo de juego<br \/>\nTRASLADO al club VILLA MANCHI para que formule su descargo por el plazo de tres d\u00edas.<\/p>\n<p><strong>7)<\/strong> PARTIDO DEP.GRAL. RODRIGUEZ vs ALL HAZ s\/ ingreso de parciales ocasionando suspensi\u00f3n.<br \/>\nTRASLADO a ambas instituciones para que formulen sus descargos por el plazo de tres d\u00edas<\/p>\n<p><strong>8)<\/strong>PARTIDO VELEZ VS PALOMETAS \u2013 DENUNCIA DEL VICEPRESEIDENTE MARCELO MANSILLA<br \/>\nSE RESUELVE SUSPENDER PROVISORIMENTE AL JUGADOR  JULIAN OLVEIRA y c\u00f3rrase traslado al mismo para que efectue su descargo (art. 7 del RTP)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS FALLO 13 PRESIDENTE: DR. MATIAS MARCHESINI. VOCALES: DRA.MARIA DE LA CRUZ CASTELLARI.DR.JORGE AGUIRRE.DR.RAUL ARRIETA.SR. 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