{"id":33261,"date":"2024-05-16T08:33:25","date_gmt":"2024-05-16T11:33:25","guid":{"rendered":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/?p=33261"},"modified":"2024-05-16T09:25:45","modified_gmt":"2024-05-16T12:25:45","slug":"tribunal-de-disciplina-fallo-11-7","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/tribunal-de-disciplina-fallo-11-7\/","title":{"rendered":"TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 11"},"content":{"rendered":"<p><strong>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS<br \/>\nFALLO N\u00ba11\/ 2024 <\/strong><\/p>\n<p>Miembros actuantes: Dr. H. Mat\u00edas Marchesini- Presidente, Dr. Mario Ra\u00fal Arieta Y Dr. Jorge Aguirre \u2013 Vocal-<\/p>\n<p><strong>1)<\/strong> SUSPENDIDOS<\/p>\n<p>PRIMERA<br \/>\nPEREZ LEONARDO (LOS CARTEROS) \u2013 1ERA-. 3 PARTIDOS (ART. 200 RTP)<br \/>\nNAVARRO TOBIAS (LOS CARTEROS) \u2013 1ERA- 3 PARTIDOS (ART. 200 a)del RTP).<br \/>\nTORRES FRANCO (LOS CARTEROS) \u2013 1 PARTIDO (ART. 207 RTP)<!--more--><\/p>\n<p>DEFELIPE DAMIAN (MERCEDES) 1 PARTIDO (ART. 186 Y 260 del RTP)<br \/>\nCINTO P\u00c1TRICIO (PABELLON) 3 PARTIDOS (ART. 200 a) DEL RTP)<br \/>\nCOCARO ULISES (JUVENTUD) 1ERA. 1 PARTIDO (ART. 207 RTP)<br \/>\nCLARAC FEDERICO (JUVENTUD) 1ERA. 1 PARTIDO (ART. 207 RTP)<br \/>\nMARTINEZ AUGUSTO (ALL HAZ) 1ERA. 1 PARTIDO (ART. 207 RTP)<br \/>\nFONTANA PABLO (QUILMES) 1ERA. 2 PARTIDOS (ART. 201 RTP)<br \/>\nROMINA PARRE\u00d1O (TROCHA) 1ERA- FEMENINO. 1 PARTIDO (ART. 207 RTP)<br \/>\nBONETTI MARTIN (EL FRONTON) 1ERA. 1 PARTIDO (ART. 186 DEL RTP)<\/p>\n<p>RESERVA<br \/>\nYTURRIOZ PABLO (VILLA MANCHI) \u2013 RESERVA.- 3 PARTIDOS (ART. 200 a) 3 RTP)<br \/>\nACOSTA JONATHAN (GOWLAND) \u2013 RESERVA-. 3 PARTIDOS (ART. 200 b) del RTP)<br \/>\nGARCIA BRAIAN () 2 PARTIDOS (ART. 186 Y 207 RTP)<br \/>\nTORRES ESTEBAN (CARTEROS) 2 PARTIDOS (ART. 186 Y 260 RTP)<\/p>\n<p>5TA.<br \/>\nSAGARDOY LUCAS ) \u2013 5\u00aa \u2013 1 PARTIDO (ART. 207 RTP).<br \/>\nMENENDEZ GONZALO (JUVENTUD) \u2013 5\u00aa \u2013 4 PARTIDOS (ART. 200 a)3 del RTP).<br \/>\nMONTENEGRO URIEL (LOS CARTEROS) \u2013 5\u00aa -.5 PARTIDOS (ART. 199 RTP)<\/p>\n<p>6MA.<br \/>\nROSALES DYLAN (LOS CARTEROS) 1 PARTIDO (ART, 32 Y 33 DEL RTP)<br \/>\nVALEZKAS ZENON (EL FRONTON) \u2013 5 PARTIDOS (ART. 185 Y 207 RTP)<br \/>\nPERALTA SIMON (PALOMETAS) 1 PARTIDO (ART. 207 DEL RTP)<br \/>\nGELVES MAXIMO (EL FRONTON) \u2013 3 PARTIDOS (ART. 200 A) 1 DEL RTP)<br \/>\nMAFFIOLI FAUSTINO (FROTON) 3 PARTIDOS (ART. 32, 33 Y DEL RTP)<br \/>\nMI\u00d1O GONZALO (EL FRONTON) \u2013 4 PARTIDOS (ART. 185 DEL RTP)<br \/>\nBERTAINE JUAN MARTIN (EL FRONTON) 3 PARTIDOS (ART. 200 b) DEL RTP)<\/p>\n<p>7MA.<br \/>\nLEGUIZAMON VALENTINO (DEFENSORES) \u2013 7MA. \u2013 2 PARTIDOS (ART. 204 RTP)<br \/>\nDIAZ CLAUDIO (DEFENSORES)(PREPARADOR FISICO) \u2013 7MA.- 15 DIAS (ART. 32, 33, 186 Y 260 RTP)<\/p>\n<p>LUJAMBIO LAUTARO (JUVENTUD) \u2013 4 PARTIDOS (ART. 200 RTP)<br \/>\nOLAZAR GALEANO (LOS CARTEROS) 2 PARTIDOS (ART. 201 a) DEL RTP)<br \/>\nLEDESMA AARON NICOLAS (CARTEROS) PARTIDO (ART. DEL RTP)<br \/>\nMORINIGO COLLMAN (CARTEROS) PARTIDOS (ART. DEL RTP)<br \/>\nFERREIRA RUBEN ANTONIO (CARTEROS)\u2026 PARTIDOS (ART. DEL RTP)<br \/>\nULLUA THIAGO (QUILMES) 2 PARTIDOS (ART. 204 DEL RTP)<\/p>\n<p><strong>2)<\/strong><br \/>\nVISTO:<br \/>\nEl \u00e1rbitro del partido que disputaban los equipos de VILLA MANCHI VS. LA TIJERA, hizo saber que \u201c.expulso a dos padres de villa Manchi por agresi\u00f3n verbal al \u00e1rbitro. \u201d(Informe que se pone a disposici\u00f3n de las partes debido a su extensi\u00f3n).-<br \/>\nArt. 32 \u2013 El Tribunal de Penas debe resolver con sujeci\u00f3n a la letra y esp\u00edritu del Estatuto y\/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho. Art. 33 \u2013 La apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1 con los elementos de juicio que considere suficientes.<\/p>\n<p>Por ello el Tribunal RESUELVE:<br \/>\n1)Dar traslado al club VILLA MANCHI para identificaci\u00f3n de los agresores y para su descargo, a fin de evitar sanciones(art. 32 y 33 del RTP)-<\/p>\n<p><strong>3.<\/strong> VISTO:<br \/>\nEl \u00e1rbitro del partido que disputaban los equipos de JUVENTUD VS. LOS CARTEROS, 5TA. DIVISION, hizo saber que \u201c jugador nro. 10 del club Los carteros, Bounassie Nazareno .. arrogarle un golpe de pu\u00f1o al adversario\u2026 se acerca hacia mi persona y me .. \u201d(Informe que se pone a disposici\u00f3n de las partes debido a su extensi\u00f3n).-<br \/>\nSe agrega a trav\u00e9s de la secretaria de esta liga un video sobre los incidentes mencionados.-<br \/>\nTambi\u00e9n se determino que tanto en el partido mencionado, como el encuentro llevado adelante en la 7ma. Divisi\u00f3n, entre los mencionados clubes, la puerta de acceso al campo de juego se encontraba abierta, hecho que contradice lo advertido por este tribunal.<br \/>\nDicha medida reglamentaria ha sido advertida por este tribunal desde comienzo del presente campeonato.-<br \/>\nArt. 83 &#8211; MULTAS POR HECHOS DIVERSOS &#8211; Multas de dos a seis fechas de valor entrada reales (precio de venta al p\u00fablico) de 30 a 300, seg\u00fan la gravedad del hecho, al club cuyos socios, parcialidad o p\u00fablico partidario ubicado en los sectores que se asignen a dicha instituci\u00f3n, en oportunidad de partidos de divisi\u00f3n superior en certamen de cualquier categor\u00eda, realicen cualquiera de los siguientes comportamientos: a) Ingreso indebido de socios, parcialidad o p\u00fablico partidario, al campo de juego, luego de finalizado el partido..-<br \/>\nArt. 32 \u2013 El Tribunal de Penas debe resolver con sujeci\u00f3n a la letra y esp\u00edritu del Estatuto y\/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho. Art. 33 \u2013 La apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1 con los elementos de juicio que considere suficientes.<br \/>\nPor ello el Tribunal RESUELVE:<\/p>\n<p>1.- Suspender en forma provisoria a Bounassie Nazareno, jugador del club Los Carteros, dar traslado a fin de que produzca su descargo sobre el informe arbitral (art. 32 y 33 del RTP)-<br \/>\n2.- Sancionar al CLUB JUVENTUD con una multa de 30 entradas, por dos fechas, siendo un total de 60 entradas valor futbol juvenil (art. 32, 33 y 83 del RTP).-<\/p>\n<p><strong>4)<\/strong> VISTO:<br \/>\nEl \u00e1rbitro del partido que disputaban los equipos de PALOMETAS VS. EL FRONTON, 6ta. DIVISION, hizo saber que \u201c al termino del partido el se\u00f1or Dami\u00e1n Quiroga del club front\u00f3n.. Sr. Casta\u00f1o Juan delegado del club el Front\u00f3n ingresa al campo de juego de manera prepotente .. ingresa el sr. Dami\u00e1n diciendo ser presidente del Club El Front\u00f3n.. un desastre.\u201d(Informe que se pone a disposici\u00f3n de las partes debido a su extensi\u00f3n).-<br \/>\nSe agrega el descargo del CLUB EL FRONTON el que ser\u00e1 tratado con los dem\u00e1s elementos que se recojan.-<br \/>\nArt. 32 \u2013 El Tribunal de Penas debe resolver con sujeci\u00f3n a la letra y esp\u00edritu del Estatuto y\/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho. Art. 33 \u2013 La apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1 con los elementos de juicio que considere suficientes.<br \/>\nPor ello el Tribunal, RESUELVE:<br \/>\n1.- Suspender en forma provisoria a DAMIAN QUIROGA, del Club EL FRONTON, dar traslado a fin de que produzca su descargo sobre el informe arbitral (art. 32 y 33 del RTP)-<br \/>\n2.- Suspender en forma provisoria a CASTA\u00d1O JUAN, delegado del Club EL FRONTON, dar traslado a fin de que produzca su descargo sobre el informe arbitral (art. 32 y 33 del RTP)-<\/p>\n<p><strong>5)<\/strong> VISTO:<br \/>\nEl \u00e1rbitro del partido que disputaban los equipos de CLUB COSTA BRAVA Y PALOMETAS, hizo saber que \u201c.el equipo visitante no ten\u00eda la planilla oficial de partido..\u201d(Informe que se pone a disposici\u00f3n de las partes debido a su extensi\u00f3n).-<br \/>\nSe agrega el descargo del CLUB COSTA BRAVA el que ser\u00e1 tratado con los dem\u00e1s elementos que se recojan.-<\/p>\n<p>Art. 32 \u2013 El Tribunal de Penas debe resolver con sujeci\u00f3n a la letra y esp\u00edritu del Estatuto y\/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho. Art. 33 \u2013 La apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1 con los elementos de juicio que considere suficientes.<br \/>\nPor ello el Tribunal RESUELVE:<br \/>\n1)Dar traslado al club PALOMETAS para su descargo, sobre lo enunciado en el informe arbitral(art. 32 y 33 del RTP)-<br \/>\n1)Dar traslado al vicepresidente de la liga Mercedina, Marcelo Mansilla para su descargo sobre los hechos enunciados(art. 32 y 33 del RTP)-<\/p>\n<p><strong>6)<\/strong><br \/>\nCon respecto a la presentaci\u00f3n del club Trocha sobre la sanci\u00f3n al jugador Ricardo Ojeda, en virtud de los elementos agregados, cabe indicar en principio que el art. 33 del RTP establece que \u201cla apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciara con los elementos de juicio que considere suficientes y en virtud de los nuevos elementos, Por todo esto, se resuelve: reducir dicha sanci\u00f3n a 2 (dos) partidos a partir del momento del dictado del mencionado fallo (art. 32, 33 y 204 del R.T.P.); confirmando el resto de lo resuelto en dicho fallo.-<\/p>\n<p><strong>7)<\/strong> VISTO<br \/>\nInforme de Secretar\u00eda de la Liga Mercedina SUSPENDER en forma provisional al jugador GULO TOMAS del club JORGE NEWBERY<\/p>\n<p>8) Habilitar al jugador PASCUAL FRANCO del Club ATENEO.<\/p>\n<p>Hacer saber a los clubes que las puertas de acceso al campo de juego debe permanecer cerrado, de lo contrario la terna arbitral se encuentra facultado a no comenzar el encuentro, debiendo permanecer solamente los jugadores que disputan el partido y personal autorizado.-<\/p>\n<p>Se aclara a los clubes que cualquier presentaci\u00f3n despu\u00e9s del d\u00eda martes a las 15 horas, ser\u00e1 tratada en la siguiente reuni\u00f3n de este tribunal.-<\/p>\n<p>Se recuerda que seg\u00fan el Art. 27 del RTP \u2013 El jugador que \u2026 sea expulsado del campo de juego en partido oficial, quedar\u00e1 autom\u00e1ticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo se le descontar\u00e1 la pena cumplida a ra\u00edz de esta suspensi\u00f3n autom\u00e1tica.<\/p>\n<p>Dr. Mat\u00edas Marchesini- Presidente<br \/>\nDr. Mario Ra\u00fal Arieta<br \/>\nDr. Jorge Aguirre \u2013 Vocal-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS FALLO N\u00ba11\/ 2024 Miembros actuantes: Dr. H. Mat\u00edas Marchesini- Presidente, Dr. Mario Ra\u00fal Arieta Y Dr. Jorge Aguirre \u2013 Vocal- 1) SUSPENDIDOS PRIMERA PEREZ LEONARDO (LOS CARTEROS) \u2013 1ERA-. 3 PARTIDOS (ART. 200 RTP) NAVARRO TOBIAS (LOS CARTEROS) \u2013 1ERA- 3 PARTIDOS (ART. 200 a)del RTP). 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