{"id":29630,"date":"2022-09-23T09:44:27","date_gmt":"2022-09-23T12:44:27","guid":{"rendered":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/?p=29630"},"modified":"2022-09-23T21:09:06","modified_gmt":"2022-09-24T00:09:06","slug":"tribunal-de-disciplina-fallo-56","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/tribunal-de-disciplina-fallo-56\/","title":{"rendered":"TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 56 -RECTIFICADO-"},"content":{"rendered":"<ul>\n<strong>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS<br \/>\nFALLO N\u00ba 56\/ 2022<\/strong><\/ul>\n<p>Miembros actuantes: Dr. H. Mat\u00edas Marchesini- Presidente, Dr. Mario Ra\u00fal Arieta Y Dr.<br \/>\nJorge Aguirre \u2013 Vocal-<\/p>\n<p><strong>1)<\/strong> SUSPENDIDOS<br \/>\nHAZZI JUAN (EL FRONTON) \u2013PRIMERA- 1Partido (art. 207)<br \/>\nDIAZ FACUNDO (PISTACHO) \u2013PRIMERA- 1Partido (art. 207)<br \/>\nAGUIRRE MARCELO (TALLERES) \u2013PRIMERA- 1Partido (art. 207)<br \/>\nPAGANINO BRAIAN (TALLERES) \u2013 PRIMERA- 1Partido (art. 207)<br \/>\nLUCERO CRISTIAN (DEFENSORES) \u2013RESERVA- 1Partido (art. 207) &#8211; CUMPLIDA-<br \/>\nFERRARI SAMUEL (DEFENSORES) -5a DIV- 1Partido (art. 207)<br \/>\nCORDOBA TOMAS (UNION) -5a DIV- 1Partido (art. 207)<br \/>\nMARTINEZ MATEO (PALOMETAS) \u2013CATEGORIA 2007- 2 PARTIDOS (art. 186)<br \/>\nHERNANDEZ FRANCO (PALOMETAS) -5a DIV- 1Partido (art. 207)<br \/>\nUNTERKOFLER SANTIAGO (ATENEO) \u2013CATEGORIA 2009- 1Partido (art. 207)<br \/>\nOTTONELLI LAUTARO (JUVENTUD) \u2013CATEGORIA 2009- 3 PARTIDOS (art. 200 a1)<br \/>\nFRANCO URIEL (CARTEROS FC) \u2013CATEGORIA 2009- 3 PARTIDOS (art. 200 a1)<br \/>\nMINETTI GERONIMO (ESTUDIANTES) -5a DIV- 2 PARTIDOS (art. 204)<br \/>\nZAMMITTO SANTIAGO (ESTUDIANTES) -5a DIV- 2 PARTIDOS (art. 204)<br \/>\nROBECHI AGUSTIN (PABELLON ARGENTINO) -5a DIV- 2 PARTIDOS (art. 204)<br \/>\nGALLEGUILLO NICOLAS (PABELLON ARGENTINO) -5a DIV- 2 PARTIDOS (art. 204)<br \/>\nBARRIONUEVO JOAQUIN (LA DIEGO ARMANDO) \u2013RESERVA- 3 PARTIDOS (art. 200 a3)<br \/>\nLOPEZ SIMON (GOWLAND) \u2013RESERVA- 3 PARTIDOS (art. 201 b8 y 186)<\/p>\n<p><strong>2)<\/strong> VISTO<br \/>\nEl informe del \u00e1rbitro del partido de divisi\u00f3n Reserva, entre el club Ateneo y Atl\u00e9tico General Ror\u00edguez, donde manifiesta que \u201ctranscurrido los 2 minutos del primer tiempo del encuentro entre el club Ateneo y club Atl\u00e9tico General Rodr\u00edguez, doy por<br \/>\nfinalizado el encuentro debido a la lesi\u00f3n del jugador n\u00famero 8 del equipo visitante Aznar Wuilson, dado a que su equipo se presento a jugar con 7 jugadores , siendo que dicho club habr\u00eda comenzando el encuentro con 7 jugadores ..\u201d(Debido a la extensi\u00f3n de la presentaci\u00f3n se pone a disposici\u00f3n de la parte copia de dicho informe).-<\/p>\n<p>Art. 106 \u2013 P\u00c9RDIDA DE PARTIDO \u2013 P\u00e9rdida de partido cuando el \u00e1rbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos: e) Cuando un equipo quede en inferioridad num\u00e9rica (menos de siete jugadores), o cuando por cansancio de sus jugadores<br \/>\nabandone el juego en cualquier momento del partido..-<\/p>\n<p>Art. 32 \u2013 El Tribunal de Penas debe resolver con sujeci\u00f3n a la letra y esp\u00edritu del Estatuto y\/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del<br \/>\ndeporte, la equidad y el derecho.<\/p>\n<p>Art. 33 \u2013 La apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1 con los elementos de juicio que considere suficientes.<\/p>\n<p>Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:<br \/>\n1. Dar por ganado el partido al Club ATENEO ante el Club ATLETICO GENERAL RODRIGUEZ (Divisi\u00f3n Reserva) quedando el siguiente resultado final: 1 a 0 a favor del Club ATENEO (ARTS. 32, 33, 106 DEL R.T.P.).<\/p>\n<p><strong>3)<\/strong> VISTO:<br \/>\nInforme del juez del partido reserva entre GOWLAND y PISTACHO, donde informa que \u201cNavarro Alan salir corriendo desde la zona defensiva hacia la banda derecha y aplicar un puntapi\u00e9 directo a la zona del abdomen a un femenino de la parcialidad visitante, que se encontraba contra el alambre\u2026una vez mostrado la tarjeta roja y mientras se retiraba, vuelve corriendo desde atr\u00e1s me (arroja un golpe de pu\u00f1o, impactando en la mand\u00edbula, luego del golpe me corr\u00eda desde atr\u00e1s a las patadas y golpes de pu\u00f1o, mientras trataba de irme al vestuario)\u2026 en el mismo instante que se produjera el disturbio, vino corriendo otro jugador local . Acu\u00f1a Tadeo y me aplico un puntapi\u00e9 en la costilla con lo tapones y un golpe de pu\u00f1o en la cabeza occipital y cerca de la cabeza.. en ese momento la gente visitante los separa, llega personal policial procedo a la suspensi\u00f3n del encuentro y me dirijo a los vestuarios\u2026 .\u201c(Debido a la extensi\u00f3n de la presentaci\u00f3n se pone a disposici\u00f3n de la parte copia de dicho informe).<br \/>\nSeguidamente se dio traslado a los mencionados a sus efectos, no siendo habi\u00e9ndose presentado descargo alguno.-<br \/>\nTiene dicho el Art. 183 del RTP &#8211; Suspensi\u00f3n de uno a cinco a\u00f1os al jugador que agreda al \u00e1rbitro aplic\u00e1ndole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarre\u00e9 violentamente con el prop\u00f3sito de agresi\u00f3n. Si las<br \/>\nlesiones llegan a ser graves, la sanci\u00f3n de suspensi\u00f3n puede llegar a diez a\u00f1os, o hasta expulsi\u00f3n de la Liga.<\/p>\n<p>Art. 32 &#8211; El Tribunal de Penas debe resolver con sujeci\u00f3n a la letra y esp\u00edritu del Estatuto y\/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.<\/p>\n<p>Art. 33 &#8211; La apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1 con los elementos de juicio que considere suficientes.<br \/>\nPor ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:<\/p>\n<p>1.- Suspender por el termino de tres a\u00f1os al jugador NAVARRO Alan, del club Gowland (Art. 183 y 205 del R.T.P.).<br \/>\n2.- Suspender por el t\u00e9rmino de dos a\u00f1os al jugador ACU\u00d1A Tadeo, del Gowland (Art. 183 del R.T.P.).<br \/>\n3.- Aplicar al club Gowland multa de v.e. 75.-<\/p>\n<p><strong>4)<\/strong> VISTO:<br \/>\nEl informe de los \u00e1rbitros del partido entre el Cub Estudiantes y Palometas, en la primera divisi\u00f3n, donde manifiesta \u201c al finaliza\u2026. al asistente nro. 2 premeditamente teniendo que ser apartado por personal policial y lo incrpa diciendo<br \/>\n\u201d(Debido a la extensi\u00f3n de la presentaci\u00f3n se pone a disposici\u00f3n de la parte copia de dicha presentaci\u00f3n).<br \/>\nSeguidamente el Club Palometas realiza el siguiente descargo\u201d \u2026 queremos dejar constancia que lo que menciona el Sr. Schellier Maximiliano es que en ning\u00fan momento lo empuja, si que se puso frente al asistente y el dice que miras pero el personal policial no lo aparta, tambi\u00e9n nos parece llamativo que en el informe se menciona la palabra premeditaci\u00f3n, siendo que fue una situaci\u00f3n que se produjo en el momento de finalizaci\u00f3n del partido..\u201d.-<br \/>\nQue del an\u00e1lisis de los elementos acompa\u00f1ados se determino la conducta del mencionado Scheitler dentro de las reprimidas en el art\u00edculo 185 del RTP.-<br \/>\nTiene dicho el Art. 185 del RTP &#8211; Suspensi\u00f3n de cuatro a quince partidos al jugador que provoque de palabra o actitud al \u00e1rbitro, discuta en tono violento, ofenda o insulte, se mofe o burle de palabra, gesto, actitud o adem\u00e1n inequ\u00edvoco, hacerle<br \/>\nademanes obscenos o injuriosos, manosearlo o tironearlo de la ropa o inferirle cualquier otro agravio.<\/p>\n<p>Art. 32 &#8211; El Tribunal de Penas debe resolver con sujeci\u00f3n a la letra y esp\u00edritu del Estatuto y\/o Reglamento de la Liga, de las resoluciones emanadas de las autoridades competentes de la misma y, en lo no prescripto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho. Art. 33 &#8211; La apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1 con los elementos de juicio que considere suficientes.<\/p>\n<p>Por ello el Tribunal, RESUELVE:<br \/>\n1.- Suspender por t\u00e9rmino de seis partidos a MAXIMILIANO SHEITLER del club Palometas (art. 32, 33 y 185 del RTP).-<\/p>\n<p>5) INTIMAR a los clubes Talleres, El Front\u00f3n, Trocha y Quilmes al pago de las multas aplicadas en fallos respectivos.<\/p>\n<p>Dr. Mat\u00edas Marchesini- Presidente<br \/>\nDr. Mario Ra\u00fal Arieta Vicepresidente<br \/>\nDr.Jorge Aguirre \u2013 Vocal-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS FALLO N\u00ba 56\/ 2022 Miembros actuantes: Dr. H. Mat\u00edas Marchesini- Presidente, Dr. Mario Ra\u00fal Arieta Y Dr. Jorge Aguirre \u2013 Vocal- 1) SUSPENDIDOS HAZZI JUAN (EL FRONTON) \u2013PRIMERA- 1Partido (art. 207) DIAZ FACUNDO (PISTACHO) \u2013PRIMERA- 1Partido (art. 207) AGUIRRE MARCELO (TALLERES) \u2013PRIMERA- 1Partido (art. 207) PAGANINO BRAIAN (TALLERES) \u2013 PRIMERA- 1Partido (art. 207) LUCERO CRISTIAN (DEFENSORES)<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-29630","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-informaciongeneral"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29630","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=29630"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29630\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":29632,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29630\/revisions\/29632"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=29630"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=29630"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=29630"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}