{"id":28516,"date":"2022-05-20T09:31:34","date_gmt":"2022-05-20T12:31:34","guid":{"rendered":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/?p=28516"},"modified":"2022-05-20T09:31:34","modified_gmt":"2022-05-20T12:31:34","slug":"tribunal-de-disciplina-fallo-38-4","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/tribunal-de-disciplina-fallo-38-4\/","title":{"rendered":"TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 38"},"content":{"rendered":"<p><strong>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS<br \/>\nFALLO N\u00ba 38 \/2022<\/strong><\/p>\n<p><strong>Miembros actuantes:<\/strong> Dr. H. Mat\u00edas Marchesini- Presidente, Dr. Mario Ra\u00fal Arieta Y Dr. Jorge Aguirre \u2013 Vocal-<\/p>\n<p><strong>1)<\/strong> SUSPENDIDOS<br \/>\nVIRTO JUAN (PALOMETAS) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)<br \/>\nMARTINEZ GUSTAVO (AMEFIP) -PRIMERA- 1 PARTIDO ( art. 207)<br \/>\nQUINTANA LUIS (LA DIEGO ARMANDO) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207)<br \/>\nAGUIRRE MARINA ALEXANDRA (FLANDRIA) -PRIMERA FEMENINO-  2 PARTIDO (arts. 32, 33 y 201)<br \/>\nVI\u00d1EZ FABRICIO (HOLANDA) -RESERVA- 1 PARTIDO (art. 207)<br \/>\nPINILLA RUBEN (HOLANDA) -RESERVA- 2 PARTIDOS (art. 201 B5)<br \/>\nREGALADO RUBEN (HOLANDA) -RESERVA- 2 PARTIDOS (art. 186)<br \/>\nLATTARO VALENTIN (EL TIMON) -RESERVA- 1 PARTIDO (art. 207)<br \/>\nZU\u00d1IGA MATEO (DEFENSORES) -5TA- 1 PARTIDO (art. 207)<br \/>\nMONZON ALEJANDRO (PABELLON ARGENTINO) -5TA- 3 PARTIDOS (art. 200 a 1)<br \/>\nMAIZ JUAN MARCOS (JUVENTUD) -2008- 1 PARTIDO (art. 207)<br \/>\nLUCERO GASTON (DEPORTIVO GOWLAND) 2 PARTIDOS (art. 207)<\/p>\n<p><strong>2)<\/strong>\u00a0VISTO:<br \/>\n1) El informe del \u00e1rbitro del partido entre LA TIJERA y CLUB VELEZ, en la quinta divisi\u00f3n del futbol, donde el juez manifiesta \u201csucede una jugada donde puedo visualizar con claridad que el lugar el jugador nro. 5 del club LA TIJERA, MEJIAS NICOLAS, va a disputar el bal\u00f3n con el adversario nro. 5 de V\u00e9lez y en lo disputa le aplica un golpe de pu\u00f1o en el rostro. En ese mismo momento, luego de<br \/>\ndicha situaci\u00f3n, el adversario de V\u00e9lez nro. 8 Arismendi Mateo se percato de la situaci\u00f3n y en una ocasi\u00f3n deliberando corre al infractor hacia el port\u00f3n de entrada a la cancha, lugar donde se encontraba los compa\u00f1eros de la otra categor\u00eda quienes repudian al agravio defendiendo al mismo, ocasionando un tumulto generalizado en donde entro gente de ambas parcialidades ocasionando un descontrol m\u00e1s amplio Procedo a suspender el encuentro por falta de garant\u00edas estando el encuentro hasta el momento club La Tijera 0 \u2013 V\u00e9lez 2\u201d.-<\/p>\n<p>2) Con respecto a la suspensi\u00f3n del partido por falta de garant\u00edas, corresponde dar traslado al Club La Tijera con el fin de informe sobre que sector se produjo la invasi\u00f3n del p\u00fablico al campo de juego, incluido su propia parcialidad.-<\/p>\n<p>Por ello el Tribunal, RESUELVE:<br \/>\n1) Dar traslado al Club LA TIJERA sobre lo mencionado en el punto 2 precedente (Art. 32, 33 y cc del R.T.P.).-<br \/>\n3) Suspender por el termino de 4 partidos al jugador Nicol\u00e1s MEJIAS del Club La Tijera (art, 32, 33 y 200 a) 1 del R.T.P.).-<br \/>\n4) Suspender por el termino de 2 partidos al jugador Mateo ARISMENDI del Club VELEZ (art. 32, 33 y 200 a) 1 del R.T.P.).-<\/p>\n<p><strong>3)<\/strong> VISTO:<br \/>\nEl informe del \u00e1rbitro del partido entre QUILMES y UNION, en la quinta divisi\u00f3n del futbol, donde el juez manifiesta \u201ccuando transcurr\u00edan 15 minutos del primer tiempo a expulsar al jugador nro. 14 Planas Enzo con roja directa por agarrarse \u2026. Se dirige hacia mi persona y dici\u00e9ndome por me amonestan \u2026 y se viene encima y meter una trompada en la cara y cuando la esquivo, me pega una patada en una rodilla\u2026 tras esa situaci\u00f3n decido con mi compa\u00f1ero suspender el encuentro\u201d.<br \/>\nSeg\u00fan la planilla del partido el mencionado Planas se encuentra tachado, por lo que no deber\u00eda haber jugador el encuentro mencionado, hecho este sancionado por el reglamento vigente.-<\/p>\n<p>Con respecto a la suspensi\u00f3n del partido por agresi\u00f3n al \u00e1rbitro, tiene dicho la jurisprudencia de este tribunal que corresponde la perdida de partido en los casos que no se pueda continuar, por lo que corresponde aplicar el art\u00edculo 106 del RTP, en el presente caso.<br \/>\nArt. 106 \u2013 P\u00c9RDIDA DE PARTIDO \u2013 P\u00e9rdida de partido cuando el \u00e1rbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos: g) Cuando<br \/>\nse produzca desorden o agresi\u00f3n en la cancha o entre el p\u00fablico asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal t\u00e9cnico de uno o de los dos equipos.<\/p>\n<p>Con respecto a la suspensi\u00f3n del partido por agresi\u00f3n al \u00e1rbitro, tiene dicho la jurisprudencia de este tribunal que corresponde la perdida de partido en los casos que no se pueda continuar, por lo que corresponde aplicar el art\u00edculo 106 del RTP, en el presente caso.<\/p>\n<p>Por ello el Tribunal, RESUELVE:<br \/>\n1) Suspender en forma provisoria al jugador del Club Quilmes PLANAS Enzo y dar traslado al mencionado para su descargo (Art. 32 y 33 del R.T.P.).-<br \/>\n2) Solicitarle informes al club Quilmes sobre la inclusi\u00f3n del jugador Enzo PLANAS.-<br \/>\n3) Solicitar a la CD de esta liga para que informe la situaci\u00f3n del jugador Enzo Planas.-<br \/>\n4) Dar por ganado el partido al CLUB UNION, por el siguiente resultado: Club UNION 1 \u2013 Club QUILMES 0 (art, 32, 33, 106 y cc del R.T.P.).-<\/p>\n<p><strong>4)<\/strong> VISTO:<br \/>\nEl informe del \u00e1rbitro del partido entre el Club DEFENSORES y ESTUDIANTES, en la categor\u00eda 2012 (partido disputado el 14\/05\/2022) , donde el juez manifiesta \u201cantes de comenzar el segundo tiempo del encuentro el DT del equipo DEFENSORES me presenta supuestos jugadores para participar del mismos: se\u00f1ores: Ciro Gorosito, Jano Guerra sin presentar la correspondiente identificaci\u00f3n.<br \/>\nA lo que actu\u00f3 de la siguiente manera. No inicio el segundo tiempo y le comento al dt la falta de la misma identificaci\u00f3n. A lo que respondi\u00f3 el mismo DT del club defensores llev\u00e1ndose a su mismo equipo presentado.. a lo que me veo obligado a dar por finalizado el mismo\u201d.<\/p>\n<p>Art. 106 &#8211; P\u00c9RDIDA DE PARTIDO &#8211; P\u00e9rdida de partido cuando el \u00e1rbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos:\u201d d) Cuando un equipo no salga a disputar el segundo tiempo respectivo partido.\u201d<\/p>\n<p>Por ello el Tribunal, RESUELVE:<br \/>\n1) Dar por ganado el partido al CLUB ESTUDIANTES (categor\u00eda 2012), por el siguiente resultado: Club ESTUDIANTES 4 \u2013 Club DEFENSORES 0 (art, 32, 33, 106 y cc del R.T.P.).-<\/p>\n<p>2) Solicitar a la CD de esta liga para que informe la situaci\u00f3n de los jugadores mencionados en el informe precedente.-<\/p>\n<p><strong>5)<\/strong> VISTO:<br \/>\nEl informe del \u00e1rbitro de los encuentros entre el Club ESTUDIANTES y CLUB QUILMES, disputados el 7\/05\/2022, donde el juez manifiesta \u201cfinalizada la jornada en la cancha, al dirigirme a percibir el pago se me acerca el padre de un jugador del club Estudiantes con intenci\u00f3n de agredirme es as\u00ed que llego a pecharme contra mi cuerpo \u201cdici\u00e9ndome s\u00e1came ahora hijo ..\u201d ante esto otros padres alejaron del lugar a dicha persona \u201d.<\/p>\n<p>Por ello el Tribunal, RESUELVE:<br \/>\n1) Dar traslado al CLUB ESTUDIANTES para que informe sobre la identidad del mencionado padre (art, 32, 33 y cc del R.T.P.).-<\/p>\n<p><strong>6)<\/strong> VISTO: Con respecto al pedido de reconsideraci\u00f3n presentada por los Clubes Atl\u00e9tico Quilmes y el Club El Tim\u00f3n sobre la sanci\u00f3n obrante en el fallo 37\/2022, multa por haber salido tarde al campo de juego, diez minutos tarde.<br \/>\nSeguidamente ambos clubes presentan un descargo explicando los sucesos (presentaci\u00f3n que debido a sus extensiones no reproduce en su totalidad). Cabe indicar en principio que el art. 33 del RTP establece que \u201cla apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciara con los elementos de juicio que considere<br \/>\nsuficientes. Analizados los hechos y las ampliaciones efectuadas, se resuelve:<br \/>\nAPERCIBIR a los mencionados clubes (art. 32 y 33 del R.T.P.) ; confirmando el<br \/>\nresto de lo resuelto en dicho fallo.-<\/p>\n<p><strong>*<\/strong> Se le recuerda a los clubes participantes del campeonato de esta liga que las puertas de acceso a los campos de juego deber\u00e1n permanecer cerradas mientras se disputan los distintos partidos, debiendo estar adentro solamente los jugadores de ambos equipos, personal t\u00e9cnico y \u00e1rbitros del encuentro, a fin de evitar sanciones futuras.-<\/p>\n<p><strong>*<\/strong> Se recuerda que seg\u00fan el Art. 27 del RTP \u2013 El jugador que sea expulsado del campo de juego en partido oficial, quedar\u00e1 autom\u00e1ticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Penas. Del fallo definitivo se le descontar\u00e1 la pena cumplida a ra\u00edz de esta suspensi\u00f3n autom\u00e1tica.<\/p>\n<p>Dr. Mat\u00edas Marchesini- Presidente<br \/>\nDr. Mario Ra\u00fal Arieta<br \/>\nDr. Jorge Aguirre \u2013 Vocal-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS FALLO N\u00ba 38 \/2022 Miembros actuantes: Dr. H. Mat\u00edas Marchesini- Presidente, Dr. Mario Ra\u00fal Arieta Y Dr. Jorge Aguirre \u2013 Vocal- 1) SUSPENDIDOS VIRTO JUAN (PALOMETAS) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207) MARTINEZ GUSTAVO (AMEFIP) -PRIMERA- 1 PARTIDO ( art. 207) QUINTANA LUIS (LA DIEGO ARMANDO) -PRIMERA- 1 PARTIDO (art. 207) AGUIRRE MARINA ALEXANDRA (FLANDRIA) -PRIMERA FEMENINO-<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-28516","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-informaciongeneral"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28516","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28516"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28516\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":28517,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28516\/revisions\/28517"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28516"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28516"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28516"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}