{"id":24558,"date":"2019-04-12T09:03:52","date_gmt":"2019-04-12T12:03:52","guid":{"rendered":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/?p=24558"},"modified":"2019-04-12T09:03:52","modified_gmt":"2019-04-12T12:03:52","slug":"tribunal-de-disciplina-fallo-4-4","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/tribunal-de-disciplina-fallo-4-4\/","title":{"rendered":"TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 4"},"content":{"rendered":"<ul>\n<strong>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS<br \/>\nFALLO N\u00ba  4\/2019<br \/>\n10\/04\/2019<\/strong><\/ul>\n<p>Miembros actuantes: Mat\u00edas Horacio Marchesini- Presidente, Cristian G\u00f3mez  \u2013 Vocal-<\/p>\n<p><strong>1)<\/strong> SUSPENDIDOS<\/p>\n<p>FLORES SERGIO  (DT HOLANDA) -1ERA- \t2 PARTIDOS (arts.  186 Y 260)<br \/>\nMEDINA, JOSE MARIA (CT  HOLANDA) -1 ERA- \t2 PARTIDOS (arts. 186 Y 260)<br \/>\nVACA SANTIAGO (HOLANDA) -1ERA-  2 PARTIDOS (arts. 205 32 Y 33)<br \/>\nLESCANO PAULO (ESTUDIANTES) -1ERA- 1 PARTIDO (art. 207)<br \/>\nRE CRISTIAN \t (EL TIMON) -1ERA- 2 PARTIDOS (art. 200 a 11)<br \/>\nRAMOS EZEQUIEL (AMEFIP) &#8211; 1ERA- 2 PARTIDOS (art. 200 a 11)<br \/>\nLERTORA LAUTARO (TROCHA) -3ERA- 1 PARTIDO (art. 207)<br \/>\nMENDIOLA MANUEL (ATENEO) -3ERA-  2 PARTIDOS  (art. 207 c)<br \/>\nBRAGHI ESTEBAN (JUVENTUD) -3ERA-  2 PARTIDOS (art. 200 a 1)<br \/>\nGARAVENTA TOMAS (QUILMES) -5TA-  2 PARTIDOS (art. 201 b 1)<br \/>\nPEDRANI OSCAR -5TA-  2 PARTIDOS (art. 200 a 3)<br \/>\nFURNETO JUAN DIEGO (EL FROTON) -5TA-  2 PARTIDOS (art. 200 a 1)<br \/>\nBUSCALIA EMILIANO (QUILMES) &#8211; 5TA-  2 PARTIDOS (art. 200 A 1)<br \/>\nGOMEZ LUCAS NICOLAS (VELEZ) -6TA-  2 PARTIDOS  (arts. 207 Y 186)<br \/>\nTORRES (DT DE VELEZ) -6TA-  1 PARTIDO (art. 186)<br \/>\nBENEDETI JAVIER (MERCEDES) &#8211;\t6TA-  2 PARTIDOS (arts. 32, 33 Y 205)<br \/>\nBARTOLOMEO JUAN BAUTISTA (ESTUDIANTES) -6a- 2 PARTIDOS (art. 200 a 11)<br \/>\nMEZZADRA  JUAN (PABELLON) -9a DIV-  1 PARTIDO (art. 186)<br \/>\nROSSI (EL FRONTON) 2 PARTIDOS (art. 186)<br \/>\nCOFONE DANIEL LUCIANO (2006)\t 1 PARTIDO  (art. 186)<br \/>\nETCHEVERRIA DIEGO (D.T. QUILMES)  2 PARTIDOS (art. 186 Y 260)<br \/>\nLEDESMA FRANCO (ESTUDIANTES) 1 PARTIDO (art. 207)<br \/>\nUBOLDI AGUSTIN (HOLANDA) 1 PARTIDO (art.  \t207)<\/p>\n<p><strong>2)<\/strong> VISTO:<br \/>\n       El informe elevado por GAUNA DIEGO, \u00e1rbitro del encuentro entre el club Estudiantes y el club Defensores en la categor\u00eda 2004, disputado el 30\/03\/2019, en la cancha del club Estudiantes.<br \/>\nQuien manifiesta \u2026 que a los 15 minutos se lo amonesta por protestar fallos arbitrales al se\u00f1or Agust\u00edn Nicol\u00e1s Lucero, del club Estudiantes. Luego a los 17 minutos del mismo tiempo se le cobra una falta a favor del club Estudiantes a 30 metros del \u00e1rea rival. Seguidamente se me acerca el mencionado Lucero dici\u00e9ndome (cobra bien \u2026) se le muestra la segunda amarilla y se lo expulsa. Se me abalanza sobre mi peg\u00e1ndome un golpe de pu\u00f1o en el rostro y el pecho, me lastima el labio con un corte menor pero con mucha sangre en la boca\u2026.\u201d<br \/>\n(Debido a la extensi\u00f3n del mismo se pone a disposici\u00f3n de las partes copias de dicho informe).<br \/>\nSeguidamente en agente Agust\u00edn Nicol\u00e1s Lucero, declara entre otras cosas \u2026 el al \u00e1rbitro del encuentro no le pego, cuando se le acerca le protesta y que la falta no era a favor del club Estudiantes como dice el arbitro en su informe, sino a favor del otro equipo\u2026. Aclara que cuando el protesta se va sobre el \u00e1rbitro, en un forcejeo pero en ning\u00fan momento le pego\u201d.-<br \/>\n      Es jurisprudencia de este Tribunal que los informes elaborados por los \u00e1rbitros constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consigna, y que s\u00f3lo mediante el aporte de testimonios directos en contrario pueden desacreditarse el mismo.<br \/>\nEsa valoraci\u00f3n procede del principio de autoridad sobre el que radica el imperio que tiene la persona del \u00e1rbitro que a la saz\u00f3n es la autoridad m\u00e1xima del partido.<br \/>\nDe otra manera no ser\u00eda posible juzgar en forma sumaria, segura y acorde a los principios del deporte, un legajo deportivo.-<br \/>\nFinalmente, en cuanto a los atenuantes expuestos  por Lucero, no logran desvirtuar el cuadro probatorio existente sobre su conducta; por lo que debe considerarse la conducta del jugador debe encuadrarse en lo previsto por el art. 183 del R.T.P. que sanciona con pena de uno a cinco a\u00f1os al que agreda al \u00e1rbitro aplic\u00e1ndole golpe por cualquier medio.-<br \/>\nQue, el art\u00edculo 183 del Reglamento de Transgresiones y Penas, establece: \u201cSuspensi\u00f3n de uno a cinco a\u00f1os al jugador que agreda al \u00e1rbitro aplic\u00e1ndole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarree violentamente con el prop\u00f3sito de agresi\u00f3n\u2026\u201d<br \/>\nPor ello, el Tribunal de Disciplina, RESUELVE:<br \/>\n           1) Suspender al jugador Agust\u00edn Nicol\u00e1s Lucero, del club Estudiantes por el t\u00e9rmino de un a\u00f1o (art. 32, 33 Y 183 del RTP).-<\/p>\n<p><strong>3)<\/strong> VISTO:<br \/>\n         El informe elevado por el Sr. Presidente de esta Liga, quien manifiesta que: \u201cEn mi car\u00e1cter de Presidente de la Liga Mercedina vengo a formular pedido de citaci\u00f3n del jugador ARZANI, MAXIMILIANO del club Uni\u00f3n a partir de una publicaci\u00f3n que ha realizado en su red social Facebook, donde realiza comentarios hacia nuestra instituci\u00f3n que lejos est\u00e1n de ser ciertas. En su publicaci\u00f3n manifiesta la existencia de falta de compromiso de la Liga Mercedina y de los \u00e1rbitros de partido disputado el fin de semana ante su similar de Comunicaciones. Se\u00f1ala parte de una situaci\u00f3n que le toc\u00f3 vivir a \u00e9l y tambi\u00e9n a uno de sus compa\u00f1eros. Se pregunta donde estaba el m\u00e9dico o la presencia de una ambulancia que supuestamente debe estar en la cancha. Carga contra los \u00e1rbitros de dicho partido manifestando que los mismos son incompetentes, sin experiencia y sin estudios. Asegura que la Liga deber\u00eda tener gente capacitada cerrando con un \u201cSON UN DESASTRE, Despu\u00e9s se quejan porque les pegan a los \u00e1rbitros\u201d.<br \/>\nComo Presidente manifiesto que los dichos del jugador est\u00e1n lejos de la realidad. Que son los clubes quienes a comienzo de a\u00f1o saben que en la cancha no hay m\u00e9dico y que han manifestado la imposibilidad ellos mismos de tener un profesional de la salud en el banco. La no presencia de una ambulancia est\u00e1 dada en que es imposible poder contar con un m\u00f3vil de esas caracter\u00edsticas ya que ni siquiera una empresa privada podr\u00eda tener una ambulancia durante ocho o diez horas, seg\u00fan la cantidad de partidos, e incluso habiendo partidos de Reserva, Primera e Inferiores en varios puntos a la misma vez. Como Presidente no puedo avalar tales injurias hacia la instituci\u00f3n que presido, y por ello elevo informe.\u201d.-<br \/>\nPor ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:<br \/>\n        1) Suspender por tres partidos al jugador ARZANI, MAXIMILIANO del club Uni\u00f3n (art. 32 y 33 del RTP).-<\/p>\n<p><strong>4)<\/strong> VISTO:<br \/>\n         El informe elevado por el Sr. Presidente de esta Liga, quien manifiesta que: \u201cPor medio de esta nota vengo a informar al Tribunal que en la jornada del d\u00eda domingo 24 de marzo, en momentos en que en la sede de la Liga nos encontr\u00e1bamos el Vicepresidente Jorge Cerfoglio, el Secretario Daniel Figueredo y quien les habla en plena jornada deportiva, cuando ingresan el Presidente del club Los Carteros, de apellido Furriol, con el Delegado Jos\u00e9 Altamore y el ayudante de campo del equipo de Primera. Su presencia obedec\u00eda a dilucidar la situaci\u00f3n de dos jugadores con respecto a sus habilitaciones. Que al indicarles que dichos jugadores (Sigona y Montenegro) iban a estar habilitados reci\u00e9n al d\u00eda siguiente, por definici\u00f3n del club cedente en la entrega de las transferencias, el Presidente se mostr\u00f3 molesto por tal actitud, dejando entrever que era una decisi\u00f3n de la comisi\u00f3n directiva de la Liga el no dar dicha habilitaci\u00f3n. Fue all\u00ed cuando el Presidente de Los Carteros indic\u00f3 que \u00e9ramos unos \u201ccachivaches\u201d y dejando entrever que no hab\u00eda cuestiones claras en las entregas de transferencias. No pudiendo dejar pasar dicha actitud, a la que catalogamos como una ofensa, es que elevo este informe\u201d.-<br \/>\nSeguidamente este Tribunal le da el derecho de defensa al mencionado dirigente quien no ha presentado descargo alguno.-Finalmente, no se ha logrado desvirtuar el cuadro probatorio existente sobre su conducta.-<br \/>\nPor ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:<br \/>\n             1) Sancionar al Presidente del club Los Carteros con 15 d\u00edas de concurrencia a los espect\u00e1culos organizados por la Liga Mercedina de Futbol (art. 32, 33, 247 y cc del RTP).-<\/p>\n<p><strong>5)<\/strong> VISTO:<br \/>\n       El informe elevado por Alejandro Burnel, \u00e1rbitro del encuentro entre el club comunicaciones y el club Uni\u00f3n en la categor\u00eda 2009, disputado el 02\/04\/2019, en la cancha del club Comunicaciones.-<br \/>\n(Debido a la extensi\u00f3n del mismo se pone a disposici\u00f3n de las partes copias de dicho informe).<br \/>\nDado el traslado al se\u00f1or Maximiliano Mandrini, quien manifiesta entre otras cosas que \u201c\u2026..cuando le cobra mal, este le habla mal, hay un golpe de mi hacia el \u00e1rbitro y un golpe del \u00e1rbitro hacia mi; en ese momento se calma y lo separan del \u00e1rbitro\u2026\u2026\u201d.-<br \/>\nQue, el art\u00edculo 183 del Reglamento de Transgresiones y Penas, establece: \u201cSuspensi\u00f3n de uno a cinco a\u00f1os al jugador que agreda al \u00e1rbitro aplic\u00e1ndole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarree violentamente con el prop\u00f3sito de agresi\u00f3n\u2026\u201d<\/p>\n<p>Por ello, el Tribunal de Disciplina RESUELVE:<br \/>\n              1) Suspender  al AC del club Uni\u00f3n el Sr. Maximiliano Mandrini, por el t\u00e9rmino de un a\u00f1o (art. 32, 33, 183 y 260 del RTP).-<\/p>\n<p><strong>6)<\/strong> Se deja constancia sobre an\u00e1lisis de resoluci\u00f3n sobre partido de Categor\u00eda 6a entre El Front\u00f3n y Palometas. A resolver.<\/p>\n<p>Dr. Mat\u00edas Marchesini, Presidente<br \/>\nDr. Cristian G\u00f3mez , Vocal<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS FALLO N\u00ba 4\/2019 10\/04\/2019 Miembros actuantes: Mat\u00edas Horacio Marchesini- Presidente, Cristian G\u00f3mez \u2013 Vocal- 1) SUSPENDIDOS FLORES SERGIO (DT HOLANDA) -1ERA- 2 PARTIDOS (arts. 186 Y 260) MEDINA, JOSE MARIA (CT HOLANDA) -1 ERA- 2 PARTIDOS (arts. 186 Y 260) VACA SANTIAGO (HOLANDA) -1ERA- 2 PARTIDOS (arts. 205 32 Y 33) LESCANO PAULO (ESTUDIANTES) -1ERA- 1<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-24558","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-informaciongeneral"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24558","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24558"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24558\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":24559,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24558\/revisions\/24559"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24558"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24558"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24558"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}