{"id":23512,"date":"2018-10-26T01:34:38","date_gmt":"2018-10-26T04:34:38","guid":{"rendered":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/?p=23512"},"modified":"2018-10-26T07:19:46","modified_gmt":"2018-10-26T10:19:46","slug":"tribunal-de-disciplina-fallo-28-4","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/tribunal-de-disciplina-fallo-28-4\/","title":{"rendered":"TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 28"},"content":{"rendered":"<blockquote><p><strong>-NO ESTAN CONTEMPLADOS PARTIDOS EL FRONTON &#8211; COMUNICACIONES- (SALDRA AMPLIACION POR LA TARDE)<\/strong><\/p><\/blockquote>\n<ul>\n<strong>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS<br \/>\nFALLO N\u00ba 28\/2018<br \/>\n23\/10\/2018<\/strong><\/ul>\n<p><strong>Miembros actuantes:<\/strong> Horacio Mat\u00edas Marchesini- Presidente, Juan Bidone \u2013 Vicepresidente y  Cristian G\u00f3mez  \u2013 Vocal-<\/p>\n<p><strong>1)<\/strong> SUSPENDIDOS<br \/>\nTORRES LAUTARO (ATENEO) -PRIMERA- 1 Partido (art. 207)<br \/>\nMENDOZA VICTOR (COLON) -PRIMERA- 2  Partidos (art. 186)<br \/>\nMANSILLA NICOLAS (QUILMES) -PRIMERA- 1 PAartido (art. 207)<br \/>\nMESSIA JUAN (JUVENTUD) -PRIMERA- 1 Partido (art. 207)<br \/>\nARZANI MAXIMILIANO (ATENEO) -PRIMERA- 3 Partidos (art. 200 a 11)<br \/>\nPEREZ ZUNINO LUCAS (JUVENTUD) -PRIMERA- 3  Partidos (art. 200 a 11)<br \/>\nPAJON FRANCO (PE\u00d1A XENEIZE) -PRIMERA- 1 Partido (art. 207)<br \/>\nFARIAS ANGEL (ESTUDIANTES) -PRIMERA- 2 Partidos (art. 201 b 1)<br \/>\nCAMARGO JORGE (AC &#8211; AMEFIP) -PRIMERA &#8211; 3 Partidos (arts.200 a 11 y 260)<br \/>\nAQUINO RODOLFO (VELEZ) -PRIMERA- 3 Partidos (art. 200 a 1)<br \/>\nGARAY GASTON (DEFENSORES) -PRIMERA- 3 Partidos (art. 200 a 1)<br \/>\nBALLESTERO ERNESTO (DT VELEZ) -PRIMERA- 4 Partidos (arts. 185, 260 y cc)<br \/>\nFLORES SERGIO (HOLANDA) -PRIMERA- 2 Partidos (art.186)<br \/>\nNOGUERA BRAIAN (COSTA BRAVA) -PRIMERA- 1 Partido (art. 207)<br \/>\nPULITTI FEDERICO (MERCEDES) -RESERVA- 2 Partidos (art. 204)<br \/>\nROJAS ALEJANDRO (ATLETICO MARCOS PAZ) -RESERVA- 2 Partidos (art. 204)<br \/>\nMONTENEGRO CLAUDIO (ATLETICO MARCOS PAZ) -RESERVA- 1 Partido (art. 207)<br \/>\nOJEDA ALAN (ESTUDIANTES) -RESRVA- 1 Partido (art. 206)<br \/>\nBISFORO GUSTAVO (MERCEDES) -RESERVA- 1 Partido (art. 206)<br \/>\nMALLORQUIN AGUSTIN (MERCEDES) -RESERVA- 2 Partidos (art. 201 b 6)<br \/>\nBEDIN ESTEBAN (QUILMES) 1 Partido (art. 207)<br \/>\nROSSI AUGUSTO (EL FRONTON) 1 Partido (art. 207)<br \/>\nNAVARRO, JERONIMO (COMUNICACIONES) -PRIMERA- 1 Partido (art. 207)<\/p>\n<p>SUSPENSION PROVISIONAL<br \/>\nGROSSO, FEDERICO &#8211; TROCHA-<\/p>\n<p><strong>2)<\/strong> SUSPENSION POR ACUMULACION TARJETAS AMARILLAS \u2013 ART. 208 RTP y Reg. Gral. Del Torneo<br \/>\nBianchi, Gast\u00f3n\t(Pabell\u00f3n) -2 Partidos-<br \/>\nRamos, Mario Ezequiel (Quilmes) -2 Partidos-<br \/>\nTorres, Laureano (Estudiantes)<br \/>\nBenedettti, Diego (Defensores)<br \/>\nAtampi, Lucas (Pe\u00f1a)<br \/>\nBassi, Federico (Estudiantes)<br \/>\nDel Bianco, Federico (Pe\u00f1a)<br \/>\nFern\u00e1ndez, Nahuel (Atl\u00e9tico)<br \/>\nClarac, Federico (Juventud)<br \/>\nOtero, Facundo (Ateneo)<br \/>\nVivas, Agust\u00edn (Estudiantes)\t\t\t\t\t<\/p>\n<p><strong>3)<\/strong> VISTO:<br \/>\nEl informe del \u00e1rbitro del encuentro entre el club Tim\u00f3n y Estudiantes, en la primera divisi\u00f3n, donde manifiesta que \u201cexpulsa al Ayudante de Campo Esteban S\u00e1nchez del Club Estudiantes por insultar, una vez expulsado ingresa al campo de juego a querer agredirme f\u00edsicamente teniendo que ser sacado por sus compa\u00f1eros..\u201d.-<br \/>\nTambi\u00e9n se encuentra el informe del \u00e1rbitro del encuentro entre el Club Estudiantes y el Club Mercedes, en la tercera divisi\u00f3n, donde manifiesta que \u201cel director t\u00e9cnico de Estudiantes S\u00e1nchez Esteban, insulta al jugador nro. 11 contrario diciendo\u2026., al terminar el partido se retira diciendo despu\u00e9s no quieren que los caguen a trompadas a los \u00e1rbitros de \u2026\u201d.-<br \/>\nPor todo ello, este Tribunal RESUELVE:<br \/>\n        1. Sancionar a ESTEBAN SANCHEZ AC y DT del club Estudiantes, con diez fechas de suspensi\u00f3n (art. 32, 33, 185, 260 y cc del RTP).-<\/p>\n<p><strong>4)<\/strong><br \/>\nVISTO:<br \/>\n              El informe del \u00e1rbitro del encuentro entre el club QUILMES Y EL FRONTON, categor\u00eda 2003, disputado 20\/10\/2018, donde se informa que el jugador nro. 2 del club Quilmes Marcos Guti\u00e9rrez fue expulsado con roja directa por agredir f\u00edsicamente con el pu\u00f1o  cerrado en la nuca, al jugador Facundo Nahuel Puglielli que qued\u00f3 inconsciente por varios minutos as\u00ed mismo los jugadores de Quilmes y t\u00e9cnico fueron contra el alambrado insultar a la gente de El Front\u00f3n porque supuestamente los estaban insultando como vimos tanta violencia e insultos, y hab\u00eda una jugador en el suelo inconsciente ten\u00edamos la garant\u00eda suficiente para continuar el encuentro \u2026 el partido fue  suspendido a los 22 minutos del primer tiempo ganando 1 a 0 Quilmes \u2026.-<br \/>\nQue el art. 33 del RTP establece que \u201cLa apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1 con los elementos de juicio que considere suficientes.\u201d.-<br \/>\nEste tribunal RESUELVE:<br \/>\nI.\tDar por finalizado el partido entre los mencionados equipos  registrando como resultado :  QUILMES 0 EL FRONTON 1, de acuerdo al Art\u00edculo 32, 33 Y 106 del RTP.-<br \/>\nII.\tDar traslado al Club QUILMES de los sucesos narrados, para su descargo (art. 32, 33  Y CC del RTP).-<br \/>\nIII.\tSancionar al jugador MARCOS GUTIERREZ, del CLUB QUILMES, con seis fechas de suspensi\u00f3n (art. 32, 33, 200 a) 1  Y CC del RTP).-<\/p>\n<p><strong>5)<\/strong> VISTO:<br \/>\nEl informe del \u00e1rbitro del encuentro entre el club VELEZ y CLUB DEFENSORES,  en primera divisi\u00f3n, disputado 20\/10\/2018, donde se informa que  ..expulso el jugador nro. 9 MALNERO GASTON, del Club Defensores por juego brusco grave pegando una patada desde atr\u00e1s a su adversario con roja directa una vez expulsado el mismo le pega una patada en la espalda a su rival(estando en el suelo)&#8230;-<br \/>\nSe recuerda que a criterio de este Tribunal, los informes arbitrales constituyen semiplena prueba de los que ellos contienen y solo pueden ser desacreditados mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.-<br \/>\nEsa valoraci\u00f3n procede del principio de autoridad sobre el que radica el imperio que tiene la persona que a la saz\u00f3n es la autoridad m\u00e1xima del partido.<br \/>\nDe otra manera no ser\u00eda posible juzgar en forma sumaria, segura y acorde a los principios del deporte, un legajo deportivo.<br \/>\nLa autoridad del encuentro es el \u00e1rbitro y se presume la legalidad de sus actos hasta que se demuestre su error, de otra manera no podr\u00eda sustanciarse ning\u00fan proceso administrativo deportivo.<br \/>\nQue el art. 33 del RTP establece que \u201cLa apreciaci\u00f3n de los hechos para la justa aplicaci\u00f3n de la pena queda confiada a la libre convicci\u00f3n del Tribunal de Penas, el cual se pronunciar\u00e1 con los elementos de juicio que considere suficientes.\u201d.-<br \/>\nPor todo ello, este Tribunal RESUELVE:<br \/>\n1. Sancionar al jugador GASTON MALNERO, con diez fechas de suspensi\u00f3n (art. 32, 33, 200 a) Y cc del RTP).-<\/p>\n<p><strong>6)<\/strong> VISTO:<br \/>\nLa denuncia presentada por el Club \u201cEl Front\u00f3n\u201c, sobre la inclusi\u00f3n por parte del club comunicaciones en la categor\u00eda 2006 de jugadores no inscriptos.<br \/>\nEn virtud de que el club denunciante no ha hecho el correspondiente dep\u00f3sito seg\u00fan estipula el reglamento vigente, este Tribunal resuelve:<br \/>\nI. Destinar al archivo la presente actuaci\u00f3n (Art. 33 y 34 de R.T.P.).-<br \/>\nII. Solicitar un informe a la Liga sobre si los mencionados son inscriptos por el Club Comunicaciones categor\u00eda 2006.-<\/p>\n<p><strong>7)<\/strong> VISTO:<br \/>\n         El informe del \u00e1rbitro del encuentro entre el club Uni\u00f3n y Club Comunicaciones, en la divisi\u00f3n 2001-2002, donde se informa que cuando transcurr\u00edan 29 minutos del ST en un jugada donde el delantero de UNION protesta que el defensor de comunicaciones le pega un codazo, donde nosotros nunca los vemos. Luego el delantero se levanta y quiere increpar al defensor. Donde en ese momento entran a la cancha insultando a los chicos dos mujeres parcialidad de comunicaciones y una mujer de la parcialidad de Uni\u00f3n insultando tambi\u00e9n a los chicos. Tambi\u00e9n hubo un jugador de Uni\u00f3n donde no lo pudimos identificar.<br \/>\nEl partido es finalizado para resguardo de los chicos. Estando el partido con el resultado Uni\u00f3n 1 \u2013 comunicaciones 0.-<br \/>\nArt. 83 &#8211;  MULTAS POR HECHOS DIVERSOS  &#8211; Multas de dos a seis fechas de valor entrada reales (precio de venta al p\u00fablico) de 30 a 300, seg\u00fan la gravedad del hecho, al club cuyos socios, parcialidad o p\u00fablico partidario ubicado en los sectores que se asignen a dicha instituci\u00f3n, en oportunidad de partidos de divisi\u00f3n superior en certamen de cualquier categor\u00eda, realicen cualquiera de los siguientes comportamientos: a) Ingreso indebido de socios, parcialidad o p\u00fablico partidario, al campo de juego, luego de finalizado el partido. b) Hostilicen por cualquier medio a las autoridades del encuentro, personal t\u00e9cnico, jugadores,  espectadores, etc. c) Saliven a persona que reglamentariamente est\u00e9 dentro del campo de juego.  Si de las actuaciones, resultare que los hechos anteriormente especificados, revisten los caracteres de un hecho aislado de escasas proporciones y gravedad, el club imputado ser\u00e1 amonestado.-<br \/>\nEste tribunal RESUELVE:<br \/>\n1. Sancionar al Club UNION, con multa de 30 entradas por una fecha (arts. 32, 33, 83 y cc del R.T.P.).-<br \/>\n2. Hacer saber al Club UNION que deber\u00e1 extremar las medidas de seguridad para evitar el ingreso de p\u00fablico al campo de juego en su cancha en su categor\u00edas superiores.- <\/p>\n<p><strong>8)<\/strong> VISTO:<br \/>\n        El informe del \u00e1rbitro del encuentro entre el club LOS VASCOS y Club QUILMES, en infantiles, donde se informa que a los 2 minutos expulso del campo de juego al DT de Quilmes, por decirme a viva voz, sos un ciego de mierda este mismo se\u00f1or; en la categor\u00eda 2007 desde afuera de la cancha, me insulta lo cual lo retiro del predio, el cual se retira insult\u00e1ndome.<br \/>\nEn la categor\u00eda 2009 expulso al tres del Club Quilmes a los 25 minutos, por insultarme a viva voz, sos un desastre, cobra la \u2026. En esta misma categor\u00eda expulso una madre tambi\u00e9n de Quilmes, la cual no quiso retirar del predio, y desafiando\u2026 a los 39 minutos doy por suspendido el partido con el resultado LOS VASCOS 3 Y QUILMES 1.-<\/p>\n<p>Este tribunal RESUELVE:<br \/>\n1. Sancionar  al Club QUILMES, con una amonestaci\u00f3n (arts. 32, 33, 83 y cc del R.T.P.).-<br \/>\n2. Sancionar al DT del CLUB QUILMES de la categor\u00eda 2007, con 4 cuatro partidos de suspensi\u00f3n (art. 32, 33  Y CC del RTP).-<\/p>\n<p>Dr. Mat\u00edas Marchesini, Presidente<br \/>\nDr. Juan Ignacio Bidone, Vicepresidente<br \/>\nDr. Cristian G\u00f3mez, Vocal<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>-NO ESTAN CONTEMPLADOS PARTIDOS EL FRONTON &#8211; COMUNICACIONES- (SALDRA AMPLIACION POR LA TARDE) HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS FALLO N\u00ba 28\/2018 23\/10\/2018 Miembros actuantes: Horacio Mat\u00edas Marchesini- Presidente, Juan Bidone \u2013 Vicepresidente y Cristian G\u00f3mez \u2013 Vocal- 1) SUSPENDIDOS TORRES LAUTARO (ATENEO) -PRIMERA- 1 Partido (art. 207) MENDOZA VICTOR (COLON) -PRIMERA- 2 Partidos (art. 186) MANSILLA NICOLAS (QUILMES) -PRIMERA- 1 PAartido<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-23512","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-informaciongeneral"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23512","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=23512"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23512\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":23515,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23512\/revisions\/23515"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=23512"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=23512"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=23512"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}