{"id":16667,"date":"2016-05-20T16:48:52","date_gmt":"2016-05-20T19:48:52","guid":{"rendered":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/?p=16667"},"modified":"2016-05-20T16:48:52","modified_gmt":"2016-05-20T19:48:52","slug":"tribunal-de-disciplina-fallo-10-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/tribunal-de-disciplina-fallo-10-2\/","title":{"rendered":"TRIBUNAL DE DISCIPLINA: FALLO 10"},"content":{"rendered":"<ul>\n<strong>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS<br \/>\nFALLO N\u00ba 10\/2016<\/strong><\/ul>\n<p>En la ciudad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, a los 18 d\u00edas del mes de mayo de 2016,siendo las 19:00 hs. se re\u00fane el Honorable Tribunal de Penas de la Liga Mercedina de F\u00fatbol, presidido por el Dr. Mat\u00edas Marchesini, con la presencia del Dr. Juan Ignacio Bidone, a fin de tratar los siguientes temas: <\/p>\n<p><strong>1\u00b0)<\/strong> RESERVA<br \/>\nVELEZ VS. COSTA<br \/>\nDT de V\u00e9lez Miguel CASTRO  \u2013 15 d\u00edas de suspensi\u00f3n \u2013 art. 186 Y 260  del RTP<br \/>\nLucas CUELLO (V\u00e9lez) \u2013 2 partidos \u2013 art. 200 a) inc. 11 del RTP<br \/>\nMat\u00edas Bassini (Costa Brava) \u2013 2 partidos \u2013 art. 201 \ta) del RTP <\/p>\n<p>ATENEO VS. COMUNICACIONES<br \/>\nAyudante T\u00e9cnico (Comu.) Walter Feire  \u2013 21 d\u00edas de suspensi\u00f3n \u2013 art.  185 y 260 del RTP<br \/>\nJuan Cruz  TORRES (Comunicaciones) \u2013  1 partido \u2013 art. 206 del RTP<br \/>\nMartin SANCHEZ (Comunicaciones) \u2013 1 partido \u2013 art. 206 del RTP<\/p>\n<p>ESTUDIANTES VS.  EL FRONTON<br \/>\nAriel BALLESTEROS (Estudiantes) \u2013 2 Partidos \u2013 art. 200 a) inc. 9 del RTP<br \/>\nGonzalo FAROLA (El Front\u00f3n) \u2013 1 partido- art. 207 del RTP <\/p>\n<p>QUILMES VS. PALOMETAS<br \/>\nCristian, FARIAS (Quilmes) \u2013 1 partido \u2013 art. 207 del RTP<\/p>\n<p>Categor\u00eda 5a Divisi\u00f3n VELEZ VS. COMUNICACIONES<br \/>\nJuan Ignacio SUAREZ (Velez) \u2013 1 partido \u2013 art. 207 del RTP <\/p>\n<p>Categor\u00eda 7a Divisi\u00f3n<br \/>\nVELEZ VS. COMUNICACIONES<br \/>\nKevin Vladimir RODRIGUEZ TOLOSA (Comu.) art. 1 partido- art. 207 del RTP <\/p>\n<p><strong>2\u00b0)<\/strong>  Visto: Seg\u00fan ampliaci\u00f3n del informe arbitral se expuls\u00f3 del lugar donde se jugaba el partido de la categor\u00eda 2001, entre Club Mercedes y Los Vascos, al T\u00e9cnico del Club Mercedes \u201cA\u201d Boccacio Pablo, se resuelve aplicar una suspensi\u00f3n de 21 d\u00edas de acuerdo a lo normado en el art. 186 Y 260 del RTP, <\/p>\n<p><strong>3\u00b0)<\/strong> VISTO: La presentaci\u00f3n efectuada por el Club Comunicaciones;<br \/>\nCONSIDERANDO: Que por la misma se presenta reclamando los puntos de los encuentros disputados con su similar de SAN MARCOS F.,C. en Primera Divisi\u00f3n y en Reserva, aduciendo que a la fecha de la disputa de los mismos dicha entidad no hab\u00eda abonado en t\u00e9rmino la cuota social a la cual se encuentran obligadas las instituciones.<br \/>\nQue el Club San Marcos F.C. efectu\u00f3 su descargo, reconoce la falta de pago incurrida, aduciendo que no se hizo efectiva el d\u00eda 8 de mayo al momento de disputar el encuentro de Primera Divisi\u00f3n ya que el responsable de realizar el pago, debi\u00f3 concurrir a otro estadio a disputar el partido de Reserva por lo que omitiera su pago.<br \/>\nAduce que las distancias y la imposibilidad de depositar el monto en la cuenta de la Liga dificultaron la requisitoria en fecha.<\/p>\n<p>Que el art. 6 del Reglamento interno de la Liga Mercedina de Futbol establece  en su inciso  a) que \u201cLos clubes quedan obligados a abonar mensualmente una cuota social cuyo monto ser\u00e1 fijado anualmente por el Consejo Directivo. Dicha obligaci\u00f3n deber\u00e1 hacerse efectiva del primero al cinco de cada mes en Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Su inciso c)  establece que \u2026., como as\u00ed, dar\u00e1 lugar a la perdida de todos los puntos en disputa con sus similares en cualquiera de sus divisionales que le corresponda jugar, seg\u00fan el fixture aprobado por el Consejo Directivo. Asimismo de protestar el partido su ocasional adversario dar\u00e1 lugar a la p\u00e9rdida del mismo, otorg\u00e1ndosele los puntos en disputa.<br \/>\nQue se verifica  el cumplimiento del inciso 3) por parte de la entidad rectora conforme surge de su p\u00e1gina web oficial.                               <\/p>\n<p>Por su parte el art. 77 del RTP en su t\u00edtulo \u201cINCUMPLIMIENTO DE PAGOS\u201d-  establece que denunciada la falta de pago por vencimiento de los plazos establecidos de los importantes correspondientes a\u2026., el Tribunal de Penas emplazar\u00e1 al club infractor para que dentro de los cinco d\u00edas corridos contados desde la hora cero del d\u00eda siguiente al de dictado el fallo haga efectivo el pago correspondiente.<\/p>\n<p>Vencido este plazo de cinco d\u00edas de dictada la resoluci\u00f3n de emplazamiento sin que hubiera cumplimiento la obligaci\u00f3n respectiva,\u2026, el Tribunal deber\u00e1 suspender provisionalmente al club infractor, elevando los actuados al Consejo Directivo de la Liga a los fines pertinentes. <\/p>\n<p>Que se ha verificado seg\u00fan informaci\u00f3n recabada a Tesorer\u00eda que el d\u00eda 17 de mayo de 2016, el Club San Marcos F.C. ha cumplimentado el pago de la cuota social, por ende \u00e9ste Tribunal no ha hecho efectivo apercibimiento alguno, por lo que se recepciona el pedido como reclamo de puntos, m\u00e1s all\u00e1 de la concepci\u00f3n sem\u00e1ntica empleada en el art. 6 del Reglamento Interno.-<\/p>\n<p>En base a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el art. 6 inciso c) del Reglamento Interno y lo dispuesto en el art. 152 del RTP, corresponde DAR POR PERDIDOS AL CLUB SAN MARCOS F.C. LOS PARTIDOS de PRIMERA DIVISI\u00d3N y RESERVA, otorg\u00e1ndose los puntos en disputa al CLUB COMUNICACIONES en ambas divisionales los que se registrar\u00e1n con el resultado de cero gol, para el equipo castigado y un gol a favor para el otro equipo, o de cero gol para el equipo sancionado y para el otro equipo la cantidad de goles logrados en su favor si en los partidos hubieran obtenido m\u00e1s de uno.<br \/>\nDevolver al Club Comunicaciones el derecho pecuniario abonado a los efectos de sustentar su reclamo de puntos.<\/p>\n<p>Dr. H. Mat\u00edas Marchesini, Presidente<br \/>\nDr. Juan Ignacio Bidone, Vicepresidente<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>HONORABLE TRIBUNAL DE PENAS FALLO N\u00ba 10\/2016 En la ciudad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, a los 18 d\u00edas del mes de mayo de 2016,siendo las 19:00 hs. se re\u00fane el Honorable Tribunal de Penas de la Liga Mercedina de F\u00fatbol, presidido por el Dr. Mat\u00edas Marchesini, con la presencia del Dr. Juan Ignacio Bidone, a fin de tratar<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-16667","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-informaciongeneral"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16667","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=16667"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16667\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":16668,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16667\/revisions\/16668"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16667"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16667"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ligamercedina.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=16667"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}